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Extienden a las prepagas la mayor reducción de las contribuciones patronales a la Seguridad Social

Es debido “a la situación crítica y de emergencia sanitaria que obstaculiza el debido cumplimiento de las obligaciones impositivas”, según el decreto.

ECONOMÍA 10/12/2019 Heretz Nivel
PREPAGAS

El Gobierno extendió a las empresas de medicina prepaga y mutuales de salud la reducción de las contribuciones patronales que, desde agosto pasado, paga el resto de las entidades del sector con destino a la Seguridad Social (ANSeS/PAMI).

A través del decreto 867/19, publicado este lunes en el Boletín Oficial, y con el argumento “de la situación crítica y de emergencia sanitaria que obstaculiza el debido cumplimiento de las obligaciones impositivas y de la seguridad social”, el Gobierno consideró “necesario incluir en los alcances de la medida (reducción de contribuciones patronales) a los sujetos que desarrollen como actividad principal servicios de seguros de salud (incluye medicina prepaga y mutuales de salud)”.

Como informó Clarín, en octubre, a través del decreto 688 y con retroactividad al 1° de agosto, el Gobierno elevó de $ 7.003,68 a $ 17.509,20 el mínimo no imponible salarial por trabajador del sector de salud. Esto significa que desde esa fecha esas entidades pagan las contribuciones sobre el excedente salarial de $ 17.509,20. Este valor aumenta y se actualiza anualmente por el IPC del INDEC, hasta diciembre de 2021.

El beneficio incluyó a los servicios de hospitales; los servicios de atención ambulatoria realizados por médicos y odontólogos; los servicios de prácticas de diagnóstico y tratamiento; los servicios integrados de consulta, diagnóstico y tratamiento; los servicios de emergencias y traslados; así como a otros servicios relacionados con la salud humana; y a las obras sociales”.

Ahora, el decreto 867 extendió a “Servicios de seguros de salud - incluye medicina prepaga y mutuales de salud” la mayor reducción de las contribuciones patronales.

La ley 27430 de fines de 2017 de reforma tributaria creó un “mínimo no imponible”, que arrancó en $ 2.400, sobre el cual no se pagan las contribuciones patronales. Ese monto aumenta, ajustado por inflación, en forma gradual hasta alcanzar los $ 12.000, a valores de hoy, a partir de enero de 2022. Este año esos valores suman $ 7.003,68 y $ 17.509,20.

Al mismo tiempo, la ley autorizó al Poder Ejecutivo a aplicar el máximo de detracción salarial, o sea, los $ 17.509,20 ajustables, “cuando la situación económica de un determinado o determinados sectores de la economía así lo aconsejare”.

Otros sectores que tienen estos beneficios son, por ejemplo, los empleadores de los Sectores Textil, de Confección, de Calzado y de Marroquinería y determinados rubros del sector primario agrícola e industrial.

Con información de www.clarin.com sobre una nota de Ismael Bermúdez

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