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La Justicia falló a favor de Elisa Carrió tras tildar de "ladrón" a un ex titular de la AFIP

La demanda había sido presentada por Ricardo Echegaray.

POLÍTICA 10/07/2020 Heretz Nivel
carrio

La Corte Suprema de Justicia falló a favor de Elisa Carrió. Fue en un juicio que le inició el ex titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, quien reclamó que lo había acusado de ser un ladrón durante una entrevista. Por este motivo, solicitó una “acción meramente declarativa”, es decir, que se establezcan como falsas dichas declaraciones. La escena comenzó durante un programa de televisión emitido en 2012.

La ex diputada había señalado que Ricardo Echegaray “es un ladrón por todos sus antecedentes”, que “fue enviado a la aduana de Cómodo Rivadavia para garantizar la impunidad de Conarpesa”, que “se enriqueció con los feed lots” y “no puede explicar sus bienes”. Fue en marco de una entrevista con el programa A Dos Voces emitido por TN. Luego, fue acusada ante la Justicia para declarar como falsos sus dichos.

No obstante, la Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia que rechazó la demana del ex titular de la AFIP. En esta línea, explicó que no hubo una situación de incertidumbre acerca de un derecho o de una relación jurídica. A su vez, indicó que Elisa Carrió estaba protegida por sus fueros debido a que “la inmunidad de opinión es absolutaba y alcanza también a las acciones meramente declarativas”.

La decisión no fue bien recibida por Ricardo Echegaray, quien reclamó contra el fallo y presentó un recurso extraordinario que fue concedido. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia manifestó que fue mal otorgado. De este modo, el organismo le dio la razón a la ex legisladora y confirmó el rechazo a la pretención del también abogado. La finalidad era que se declaren “inexactas y falsas” las afirmaciones y que se “difundiera” en los medios de comunicación.

Por otra parte, aseguró que no perseguía un resarcimiento pecuniario ni sancionatorio contra la demanda, solamente pretendía “la sola declaración de que dichas expresiones no se ajustaban a la realidad”. En tanto, Elisa Carrió remarcó la falta de existencia “de un estado de incertidumbre sobre la existencia, alcance o modalidades de una relación jurídica”. Finalmente, la Cámara Civil admitió esa defensa.

Con información de www.elintransigente.com

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