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Disponen la suspensión de actividades en el Juzgado Laboral 1 de la ciudad

La decisión judicial se toma ante la existencia de varios casos sospechosos de Covid-19. La suspensión de la actividad judicial tiene efectos desde este -viernes 16 de octubre- y hasta que las autoridades sanitarias recomienden su reanudación. Se suspenden los plazos procesales y audiencias

RAFAELA 16/10/2020 Agencia de Noticias del Interior Agencia de Noticias del Interior
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TRIBUNALES DE RAFAELA
Disponen la suspensión de actividades
en el Juzgado Laboral 1 de la ciudad
La decisión judicial se toma ante la existencia de varios casos sospechosos de Covid-19. La
suspensión de la actividad judicial tiene efectos desde este -viernes 16 de octubre- y hasta
que las autoridades sanitarias recomienden su reanudación. Se suspenden los plazos
procesales y audiencias.
La presidencia de la Corte Suprema de Justicia dispuso la suspensión de actividades en
el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la 1ra. Nominación de los
Tribunales de Rafaela. La medida judicial se toma por presentarse varios casos
sospechosos de COVID – 19 en el plantel de agentes judiciales.
La medida tiene efectos desde este viernes 16 de octubre y hasta que las autoridades
sanitarias dispongan lo contrario. Quedan suspendidos los plazos procesales y
audiencias. El personal queda licenciado hasta su recuperación y alta médica. Para el
supuesto de casos excepcionales y urgentes, o audiencias cuya dilación implicarían la
pérdida irreparable de un derecho o acción, se habilita la materialización del acto por
el subrogante legal respectivo una vez que se cuente con la autorización del Ministerio
de Salud para ingresar a las instalaciones del órgano jurisdiccional.
Finalmente, se pone de manifiesto que las decisiones adoptadas por el Poder Judicial
de Santa Fe, se dan en el contexto de crisis y estado de emergencia sanitaria
establecido por el Poder Ejecutivo Nacional y Provincial, y se enmarcan en la continua
búsqueda de la primordial preservación de la salud de los integrantes de este Poder
Judicial; auxiliares de la justicia; y público en general, y de la más adecuada prestación
posible del servicio de justicia; hecho que habilita su constante y prudente revisión
conforme las circunstancias sanitarias así lo aconsejaren

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