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Las prohibiciones de Perotti

Una por una, las nuevas restricciones que regirán en Santa Fe desde este viernes

SALUD - CORONAVIRUS 22/04/2021 Rafael SOTOMAYOR
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El gobernador Omar Perotti anunció las nuevas restricciones que regirán en la provincia de Santa Fe desde las 0 horas de este viernes y por 14 días. En el anuncio participaron los intendentes de Santa Fe, Emilio Jatón, y de Rosario, Pablo Javkin. El gobernador dijo que las medidas regirán para toda la provincia por igual.

Perotti dijo que "es clave tener menos circulación porque eso significa tener menos contagios". El primer anuncio fue que se prohíbe la circulación vehicular de 21 a 6. También dijo que los comercios cerrarán a las 19 y los de venta de alimentos, a las 20. Mientras que los bares y restoranes seguirán abiertos hasta las 23 y la circulación para clientes y trabajadores hasta las 24.

Además, dijo que todos los intendentes y presidentes comunales tienen autoridad para adecuar estas medidas con un mayor impacto si así lo necesitan.

Las mismas, tienen como objetivo frenar la escalada de contagios por Coronavirus que se producen en el marco de la segunda ola de contagios y darle respiro al sistema sanitario que se encuentra tensionado y con pocas camas de terapia disponibles.

Una por una, las medidas:
*Suspensión de la circulación vehicular a partir de las 21 y hasta las 6, salvo para los esenciales.

*Competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur no habilitadas expresamente por las autoridades nacionales, mediante DNU del Poder Ejecutivo Nacional o Decisiones Administrativas de a Jefatura de Gabinete de Ministros del Poder Ejecutivo Nacional; incluidas las competencias automovilísticas y motociclísticas provinciales, zonales o locales.

*La actividad física en el espacio público; salvo para la realización de manera individual o acompañado por convivientes, de salidas breves de esparcimiento, en beneficio de la salud y el bienestar psicofísico, sean caminatas, correr o circular en bicicleta, sin detenerse ni concretar reuniones a aglomeración de personas.

*Pesca deportiva y recreativa en la modalidad desde costa y embarcados, navegación recreativa: y las actividades de los clubes deportivos y de las guarderías náuticas, en relación a las actividades vinculadas que se suspenden.

*Actividad hípica en hipódromos.

*Actividad de salas y complejos cinematográficos.

*Actividad del comercio minorista en locales ubicados dentro de centros comerciales, paseos comerciales o shoppings y demás establecimientos comprendidos en el articulo 2 inciso e) apartado 4. de la Ley N° 12.069 con asistencia de clientes a los locales.

*No queda alcanzada por suspensión dispuesta en el presente inciso la venta telefónica o por medios electrónicos, con la modalidad particular de entrega y pago previamente convenidos (también llamada "pick up"), a realizar en un espacio exterior lindante (playas de estacionamiento o similares).

*En cuanto a los locales de venta minorista, el horario de actividad para los no esenciales será de 10 a 19. En tanto, los esenciales como de venta de alimentos, podrán tener sus puertas abiertas hasta las 20.

*Funcionamiento de cines, bares, restaurantes, patios de comidas y espacios de juegos infantiles ubicados en centros comerciales, paseos comerciales o shoppings y demás establecimientos comprendidos en el articulo 2 inciso e) apartado 4 de la Ley N° 12069 con asistencia de clientes a los locales; salvo para los bares, restaurantes y demás locales gastronómicos que tuvieran ingresos y egresos exteriores independientes, a los que puede accederse, sin transitar por el espacio de circulación para concurrir a los locales comerciales de ventas de mercaderías.

*Se suspenderán los espectáculos teatrales y musicales, incluso los que son al aire libre.

*Siguen suspendidas las reuniones sociales en domicilios particulares.

Fuente: Uno Santa Fe

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