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Juez Matías Drivet y un impecable fallo en defensa de la libertad y el principio de inocencia

RAFAELA 18/09/2022 Rafael SOTOMAYOR
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“Somos un Estudio comprometidos con la perspectiva de género , defendemos a ultranza las desigualdades que sufren las mujeres, pero este caso es diferente, este caso no responde a los cánones habituales, y estamos convencidos de la inocencia de nuestro cliente, no vamos a aceptar ningún juicio abreviado, queremos un juicio oral y mostrar la inocencia de Leonel D”, con esas palabras comenzó el Doctor Carlos Zimerman su alegato, que en esta oportunidad estuvo secundado por sus hijos, la Doctora Yentl Zimerman y el Doctor José Zimerman, procurando revertir una situación que al decir del letrado resultaba sumamente subjetiva y perjudicial para su cliente, Leonel D, quien desde hace más de 9 meses se encontraba privado de su libertad por lo que dice el abogado, fue una falsa denuncia. 

Lo más importante para destacar en este fallo que se dio ayer en la ciudad de Rafaela, es la actitud del Juez en lo penal Doctor Matías Drivet, magistrado que más allá de las presiones mediáticas y de entidades de género, aplicó correctamente la ley y no abusó de la prisión preventiva, un instituto que en Argentina se abusa con frecuencia por diferentes cuestiones, pero que son absolutamente dañinas para el sistema judicial mismo.

Ayer el juez no falló ni a favor de los imputados ni en contra de la denunciante, lo que hizo el magistrado es aplicar la ley y la sana crítica racional, desestimando lo que otros jueces y fiscales habían hecho con anterioridad, e inclusive lo que él mismo había decretado en su momento, dándole paso a la ley y el derecho y privilegiando por sobe todo la libertad y el principio de inocencia que constitucionalmente debe regir en todos los procesos judiciales.

Fallos como el de ayer nos permiten creer que en materia judicial no todo está perdido y jueces que se atreven a enfrentar a la opinión pública sin temor, le dan un soplo de aire fresco a una justicia denostada y vituperada

EL CASO


En el día de ayer, el juez de Segunda Instancia de nuestra ciudad, Dr. Matías Drivet, dispuso la libertad bajo el pago de una fianza y de cumplir medidas alternativas a la prisión preventiva de dos individuos que en su momento habían sido acusados por la fiscal Ángela Capitanio de Abuso sexual con acceso carnal calificado por la participación de dos o más personas en calidad de autores (arts. 119 tercer y cuarto párrafo, inc. d y 45 del Código Penal Argentino), junto a otro sujeto que permanece detenido. La decisión del Dr, Drivet fue adoptada tras la solicitud de los defensores de los encartados, los doctores Carlos Zimerman, José Zimerman y la Doctora Yentl Zimerman defensores de Leonel D y los doctores Pablo Mosconi y Rafael Juárez. Defensores del otro imputado, es decir Hector R

 
Medidas
En el caso de los dos imputados, el magistrado interviniente dispuso como medidas alternativas fijar domicilio en la localidad de Colonia Aldao y prohibición de abandonar la misma salvo urgencia de salud personal o de su familia; o solicitud de autorización previa; someterse al cuidado de su padre en el caso de Leonel D y de su hermano en el caso del otro imputado. presentarse semanalmente ante la dependencia policial de su jurisdicción para acreditar su vinculación al proceso; no tomar contacto por ninguna vía, directo o por interpósita persona con la víctima ni con los testigos mientras dure el presente proceso; prohibición de portar o tener en su poder armas de fuego; y prestar una caución patrimonial suficiente por el monto de un millón quinientos mil pesos ($1.500.000), personal o por otras personas.

La imputación
Recordamos que en su momento la fiscal interviniente relató que entre las 5 y las 12 horas aproximadamente del día 8 de diciembre de 2021, HJR (29 años), LD (20) y EMC (37), encontrándose en una vivienda de la ciudad de Sunchales y aprovechándose de la situación de vulnerabilidad en la que se encontraba la víctima, sin poder dirigir libremente su voluntad, y actuando de común acuerdo entre ellos, abusaron sexualmente de la joven víctima. Agregó la representante del MPA que el hecho que se les atribuye se dio en un claro contexto de violencia de género, evidenciando una desigualdad de poder entre las partes que encuadra dentro de lo normado por la Ley 26.485 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar las violencias contra las mujeres.
La calificación penal escogida para este caso había sido Abuso sexual con acceso carnal calificado por la participación de dos o más personas en calidad de autores (arts. 119 tercer y cuarto párrafo, inc. d y 45 del Código Penal Argentino).

 
Ayer el Juez Matías Drivet puso un poco de luz en este hecho y con su fallo desestimó gran parte de la acusación de los fiscales, funcionarios que por ahora no pudieron probar ninguna de sus acusaciones, actitud que permitió que los imputados soportaran casi un año detenidos, sin que en realidad existieran pruebas que así lo permitan. 

 

Juez Drivet de Rafaela

Con información de Info Rafaela. Y Diario Castellanos

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