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La Cámara de Casación confirmó el secuestro del avión venezolano-iraní que había pedido la justicia de Estados Unidos

POLÍTICA 29/10/2022 Nicolás Pizzi*
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La Cámara de Casación rechazó ayer un recurso presentado por los abogados de la empresa Emtrasur y, de esa manera, confirmó el secuestro del avión que llegó a Buenos Aires el 6 de junio pasado. La medida había sido pedida por la justicia de Estado Unidos y luego fue ordenada por el juez federal Federico Villena a mediados de agosto.

En la causa judicial que tramita en Estados Unidos, el juez Michael Harvey pidió la incautación del avión Boeing 747-300 por la transferencia no autorizada entre Mahan Air, una aerolínea vinculada a la Guardia Revolucionaria y a las Fuerzas Quds, y Emtrasur.

Ese requerimiento fue girado a través del Departamento de Justicia de los Estados Unidos y del Ministerio de Justicia argentino y tramitó en los términos de la ley 24.034, que aprobó en 1991 el Tratado de asistencia jurídica mutua en asuntos penales con el gobierno norteamericano.

Ese tratado le otorga a los jueces argentinos solo facultades formales. No obstante, la fiscal Cecilia Incardona había avalado el pedido argumentando que es “formalmente procedente”. Por ese dictamen, recibió fuertes críticas del régimen de Nicolás Maduro.

En agosto, Villena hizo lugar al secuestro y al registro del avión con la intervención del FBI. A partir de ese día, la aeronave quedó a disposición del juzgado federal de Lomas de Zamora y del Tribunal Federal del Distrito de Columbia en la causa identificada como CRM­182­ 84488.

La decisión de Villena fue confirmada por la Cámara Federal y ahora por Casación. “La decisión adoptada por el juzgado de origen -y confirmada por la cámara respectiva- se ajusta a la normativa aplicable; la cual, es menester resaltar, fue adoptada siguiendo el procedimiento constitucionalmente establecido a tales efectos y cuya adecuación a nuestra Carta Magna no ha sido cuestionada en autos”, sostuvieron los jueces Diego Barroetaveña y Daniel Petrone.

La orden de secuestro de Villena había sido apelada por los abogados Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeyro, contratados por la empresa Emtrasur para representarlos ante la justicia argentina.

Los dos camaristas que declararon inadmisible el recurso de casación también afirmaron que “la presentación recursiva sólo evidencia una opinión diversa sobre la cuestión debatida y resuelta por la instancia anterior sin que logre demostrar que haya existido un apartamiento de la solución normativa prevista para el caso o que se avizoren groseras deficiencias lógicas de razonamiento o fundamentación, lo que impide la procedencia de la vía deducida”. En cambio, la jueza Ana María Figueroa votó en disidencia.

Aunque los 19 tripulantes ya se fueron del país, el avión sigue retenido en el aeropuerto de Ezeiza. La atención de la empresa Emtrasur y del gobierno de Venezuela ahora está puesta en su única aeronave.

Hace una semana, el gobierno de Estados Unidos pidió ante los tribunales de Columbia la extinción de dominio, lo que le permitiría tomar posesión de la misma. La decisión judicial todavía no fue enviada a la justicia argentina. Antes deberá pasar por el Ministerio de Justicia a cargo de Martín Soria.

La causa que tramita en los Estados Unidos está basada en la transferencia irregular por parte de la aerolínea iraní Mahan Air a Emtrasur.

“La aerolínea iraní Mahan Air, también conocida como Mahan Airlines y Mahan Airways (Mahan Air), hizo una transferencia del Boeing a la aerolínea venezolana Empresa de Transporte Aérocargo del Sur, S. A. EMTRASUR) y, después, EMTRASUR reexportó el Boeing a destinos que incluyen Irán y Rusia, todo ello en violación de la ley estadounidense, específicamente la Ley de Reforma del Control de las Exportaciones (en adelante ECRA, por sus siglas en inglés) de 2018, sección 4801 y siguientes del título 50 del Código de los Estados Unidos”, explica el pedido de colaboración que llegó a la Argentina en agosto.

Otro argumento que expuso la justicia estadounidense es una Orden de Denegación Temporal (TDO) emitida por el Departamento de Comercio de ese país por la que se denegaban los privilegios de exportación de Mahan Air. “La TDO prohibía ampliamente a Mahan Air y/o a otras personas o empresas que actuaran para o en nombre de Mahan Air, directa o indirectamente, participar en cualquier transacción de exportación o comprar o vender cualquier artículo exportado o que fuera a ser exportado desde Estados Unidos y que estuviera sujeto a las EAR, como las aeronaves fabricadas en Estados Unidos”, detalla el pedido de colaboración.

Esa TDO es de 2018, pero se renovó varias veces. La última renovación fue el 13 de mayo de este año.

 

 

* Para www.infobae.com

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