

ARCA unificó los planes de pago para Ganancias y Bienes Personales
ECONOMÍA Agencia de Noticias del Interior
- El antiguo “mini plan” quedó incorporado al plan permanente de pagos
- Las nuevas condiciones alcanzan Ganancias y Bienes Personales
- La tasa de interés mensual quedó fijada en 2,75%
- Los contribuyentes podrán financiar deudas entre dos y seis cuotas
- El perfil fiscal en SIPER definirá beneficios y exigencias de acceso
- Los plazos de adhesión variarán según el tipo de contribuyente y vencimiento
La administración tributaria avanzó con una modificación importante en el esquema de regularización de deudas impositivas para contribuyentes alcanzados por el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales. A partir de la normativa vigente, el tradicional “mini plan” dejó de existir como mecanismo independiente y quedó incorporado dentro del denominado “plan permanente” de facilidades de pago, en un intento por simplificar y unificar los criterios de financiación fiscal.
El nuevo esquema quedó consolidado a través de las Resoluciones Generales 5321/2023 y sus posteriores actualizaciones, que redefinieron las condiciones para adherir a planes vinculados con declaraciones juradas anuales. Con estos cambios, el organismo tributario eliminó los sistemas diferenciados de tasas según perfiles subjetivos y estableció parámetros uniformes para la mayoría de los contribuyentes.
Uno de los puntos centrales de la reforma es la fijación de una tasa de interés mensual del 2,75%, alineada con los intereses resarcitorios vigentes. La decisión busca dar mayor previsibilidad a quienes necesitan financiar obligaciones fiscales en un contexto económico donde muchas empresas y personas todavía enfrentan dificultades para sostener el flujo de pagos.
El nuevo sistema alcanza tanto a personas humanas como a personas jurídicas y contempla exclusivamente obligaciones vinculadas con Ganancias y Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2025. Según el esquema definido, los contribuyentes podrán financiar sus deudas en un rango de entre dos y seis cuotas, aunque las condiciones finales dependerán del perfil fiscal registrado en el Sistema de Perfil de Riesgo, conocido como SIPER.
El pago a cuenta exigido también variará de acuerdo con la categoría del contribuyente. El anticipo requerido oscilará entre el 17% y el 28% del monto total adeudado. En paralelo, el acceso a determinados beneficios y la cantidad de planes habilitados estarán condicionados al historial de cumplimiento fiscal de cada contribuyente.
La nueva estructura pone especial atención sobre los tiempos de adhesión. El calendario definido por el organismo establece plazos específicos según el tipo de contribuyente y el momento del vencimiento de las declaraciones juradas.
En el caso de las personas jurídicas con cierre de ejercicio en diciembre de 2025, el vencimiento de las declaraciones juradas operará durante mayo de 2026. Desde ese momento y hasta el último día de octubre del mismo año estará habilitada la posibilidad de ingresar al denominado “plan anual”. Una vez finalizado ese período, quienes no hayan adherido solo podrán regularizar la deuda mediante el esquema general de facilidades de pago disponible desde noviembre.
Para las personas humanas, en tanto, los vencimientos correspondientes al período fiscal 2025 se concentrarán en junio de 2026. El acceso al plan específico anual se extenderá desde esas fechas de vencimiento hasta el cierre de noviembre. Luego de ese plazo, la deuda pasará automáticamente al régimen general.
Especialistas tributarios destacan que la unificación busca simplificar procedimientos y ordenar el esquema normativo, aunque advierten que el sistema seguirá exigiendo un monitoreo permanente del perfil fiscal de cada contribuyente. El SIPER continuará funcionando como herramienta clave para determinar las condiciones de financiación, la cantidad de planes habilitados y los porcentajes de anticipo requeridos.
La importancia de mantener un buen comportamiento fiscal se volvió todavía más relevante en este nuevo esquema. Un perfil de riesgo favorable puede traducirse en mejores condiciones de acceso al financiamiento impositivo, mientras que los contribuyentes con antecedentes de incumplimiento enfrentarán mayores restricciones y exigencias económicas más elevadas.
En un contexto donde muchas empresas y trabajadores independientes todavía buscan recomponer su situación financiera, los planes de pago se transformaron en una herramienta central para evitar sanciones, intereses acumulados o ejecuciones fiscales. Por eso, la modificación del sistema genera atención tanto entre estudios contables como entre contribuyentes que deberán reorganizar sus obligaciones tributarias durante los próximos meses.
La decisión de unificar los mecanismos de financiación también refleja un cambio de enfoque en materia de administración tributaria. El objetivo oficial apunta a reducir la dispersión normativa y consolidar un esquema permanente que permita administrar deudas fiscales con reglas más claras y previsibles.
Sin embargo, expertos señalan que el verdadero impacto del nuevo sistema dependerá de la evolución económica y del nivel de cumplimiento que puedan sostener empresas y personas en un escenario todavía marcado por tasas elevadas, presión tributaria y dificultades de financiamiento.





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