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title: "Condenan a dueños de perros a indemnizar a una motociclista atacada en la vía pública"
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date_published: "2026-07-10T08:50:00-03:00"
date_modified: "2026-06-04T01:04:27-03:00"
author_name: "Ricardo ZIMERMAN"
category_name: "JUDICIALES"
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# Condenan a dueños de perros a indemnizar a una motociclista atacada en la vía pública

**![0000054926-resized-1280x1024](/download/multimedia.normal.a1f2b7e35a8c88e3.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)**

**El Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Mercedes condenó a los propietarios de tres perros a pagar una indemnización superior a los cuatro millones de pesos a una mujer que sufrió graves lesiones tras ser atacada mientras circulaba en motocicleta frente a la vivienda de los demandados.**

**El episodio ocurrió cuando la víctima transitaba a bordo de una motocicleta Honda 110 cc y fue interceptada por tres perros que se encontraban sueltos en la vía pública: un Crestado Rodesiano, un Jack Russell Terrier y un mestizo. Durante el ataque, la mujer sufrió una mordedura profunda en el muslo izquierdo que derivó en una evolución séptica y obligó a realizar drenajes quirúrgicos, tratamiento con antibióticos por vía parenteral y un prolongado proceso de rehabilitación kinesiológica que se extendió durante ocho meses.**

**En el expediente, los demandados reconocieron la propiedad del perro de raza Crestado Rodesiano y admitieron que el animal mordió a la actora, aunque intentaron desligarse parcialmente de responsabilidad al negar la participación de los otros canes y atribuir las complicaciones médicas posteriores a una supuesta falta de reposo de la víctima.**

**El magistrado rechazó esos planteos y aplicó el régimen de responsabilidad objetiva previsto en el Código Civil y Comercial de la Nación para los daños causados por animales. En ese sentido, recordó que los artículos 1757 y 1759 establecen que toda persona responde por el daño ocasionado por las cosas o animales que se encuentran bajo su guarda, sin necesidad de acreditar culpa directa.**

**La sentencia remarcó que el perro debía ser considerado una “cosa riesgosa” por su propia naturaleza, criterio suficiente para atribuir responsabilidad a sus dueños frente al daño provocado.**

**La pericia médica oficial determinó que la mujer sufrió una incapacidad parcial y permanente del 5 %. El informe precisó que el 1 % correspondía a secuelas estéticas leves por cicatrices lineales y el 4 % restante a un síndrome doloroso crónico postraumático en la rodilla izquierda.**

**Por otra parte, la prueba veterinaria y policial confirmó la existencia de tres perros dentro del predio de los demandados y verificó que el alambrado perimetral presentaba sectores vulnerables e insuficientes para contener adecuadamente a los animales.**

**Durante la audiencia final, el veterinario policial Luis Alberto Lotero explicó que el Crestado Rodesiano es una raza de gran porte y fuerte instinto de presa, característica que puede potenciar conductas agresivas cuando actúa en jauría.**

**El juez también destacó que la ordenanza municipal vigente prohíbe mantener animales sueltos en la vía pública y obliga a los propietarios a contar con cerramientos adecuados. Según sostuvo, el incumplimiento de esas medidas configuró una conducta gravemente negligente.**

**Finalmente, el fallo concluyó que la tenencia de animales impone deberes reforzados de custodia y seguridad, independientemente de que la raza involucrada sea o no considerada potencialmente peligrosa.**

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