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title: "ARCA evalúa postergar hasta septiembre el vencimiento de Ganancias ante la demora del Congreso"
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date_published: "2026-08-26T03:00:00-03:00"
date_modified: "2026-08-24T23:59:26-03:00"
author_name: "Agencia de Noticias del Interior"
category_name: "ECONOMÍA"
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category_description: "Economía argentina e internacional"
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# ARCA evalúa postergar hasta septiembre el vencimiento de Ganancias ante la demora del Congreso

**![impuestos-calculadora-numeros](/download/multimedia.normal.a30b27b9f9a45d0e.bm9ybWFsLmpwZw%3D%3D.jpg)**

- **ARCA analiza extender hasta el 22 de septiembre el plazo para presentar Ganancias correspondiente a 2025.**
- **El vencimiento vigente está previsto para el 27 de agosto, coincidiendo con el inicio del tratamiento legislativo de Inocencia Fiscal II.**
- **También se estudia trasladar a septiembre los vencimientos de los anticipos de Ganancias correspondientes a 2026.**
- **El proyecto busca modificar las consecuencias de las inconsistencias entre gastos declarados y gastos efectivamente realizados.**
- **La reforma permitiría rectificar determinadas declaraciones para evitar que diferencias subsanables deriven automáticamente en investigaciones o pérdida de beneficios.**
- **La eventual prórroga apunta a dar tiempo para que el Congreso defina el nuevo régimen antes de que los contribuyentes completen sus declaraciones juradas.**

**La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) analiza volver a postergar el vencimiento correspondiente a la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias de las personas humanas, debido a que el Congreso todavía no avanzó con el tratamiento del proyecto conocido como Inocencia Fiscal II. El plazo vigente vence el próximo 27 de agosto, pero el organismo estudia trasladarlo hasta septiembre.**

**La alternativa que se encuentra bajo análisis contempla extender la fecha de presentación de las declaraciones juradas correspondientes al período fiscal 2025 hasta el 22 de septiembre. Al mismo tiempo, se evalúa modificar el cronograma de los anticipos del impuesto correspondientes a 2026, que pasarían a vencer los días 14, 15, 16 y 24 de septiembre, según la situación particular de cada contribuyente.**

**La eventual modificación apunta a evitar que miles de personas deban cumplir con las obligaciones fiscales bajo un esquema que podría sufrir cambios legislativos en los próximos días. La expectativa está puesta en el proyecto de reforma que busca modificar las reglas vinculadas con la denominada presunción de inocencia fiscal y facilitar la exteriorización de fondos que permanecieron fuera del sistema financiero formal.**

**El calendario de Ganancias ya había sufrido una modificación este año. El vencimiento original estaba previsto para junio, pero fue trasladado a julio con la intención de otorgar tiempo al Congreso para introducir cambios en la legislación. La estrategia oficial apuntaba a que los contribuyentes pudieran incorporarse al nuevo régimen y utilizar fondos en dólares que permanecían fuera del circuito bancario sin quedar expuestos automáticamente a investigaciones por inconsistencias patrimoniales.**

**El pago correspondiente al impuesto ya se realizó el 27 de julio, mientras que ahora resta completar la presentación de las declaraciones juradas. Esa diferencia entre el momento del pago y el de la presentación generó especial atención entre los profesionales que asesoran a los contribuyentes, debido a la posibilidad de que las reglas cambien antes de que concluya el proceso.**

**La demora parlamentaria se convirtió así en un factor determinante para el calendario tributario. El proyecto de Inocencia Fiscal II busca introducir modificaciones destinadas a otorgar mayor margen para corregir errores y evitar que determinadas diferencias formales deriven directamente en la pérdida de los beneficios contemplados por el régimen.**

**Uno de los aspectos que se pretende modificar está relacionado con el porcentaje de diferencia entre los gastos declarados y los gastos efectivamente realizados. Bajo las reglas actuales, una discrepancia que supere determinado umbral puede generar consecuencias significativas para el contribuyente, aun cuando la diferencia nominal sea relativamente pequeña frente al patrimonio total.**

**El ejemplo utilizado para explicar el problema muestra esa situación. Una persona que efectivamente gastó $10.000, pero declaró $7.000, tendría una diferencia de $3.000. Al superar el parámetro del 15%, podría quedar alcanzada por las consecuencias previstas en la normativa, incluso si dispone de ahorros por una suma considerablemente superior y puede justificar el origen de esos fondos.**

**La reforma plantea establecer mecanismos que permitan rectificar las declaraciones y corregir inconsistencias antes de que se produzcan consecuencias fiscales de mayor gravedad. De esta manera, el Gobierno busca avanzar hacia un sistema que concentre los controles en diferencias relevantes y no penalice automáticamente errores que puedan ser subsanados.**

**Mientras el Congreso demora el tratamiento, ARCA ya comenzó a revisar declaraciones juradas presentadas y detectó inconsistencias en algunos casos. Esa situación incrementó la presión para definir cuanto antes el nuevo marco legal.**

**El Congreso tiene previsto iniciar el tratamiento del proyecto el jueves 27 de agosto, precisamente la fecha en la que vence el plazo actualmente establecido. Frente a este escenario, la eventual prórroga permitiría evitar que los contribuyentes deban presentar sus declaraciones bajo una normativa que podría modificarse de manera inmediata.**

**La decisión final sobre el nuevo calendario quedará en manos de ARCA, mientras el Congreso define el alcance de los cambios que podrían modificar las obligaciones y los mecanismos de control sobre los contribuyentes.**

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