Obras públicas: en Santa Fe se retocaron tres leyes para financiar infraestructura vial
La Legislatura santafesina aprobó una ley que busca dar nuevos instrumentos a la obra pública provincial, al modificar cuatro leyes e incorporar nuevas figuras jurídicas como la contribución por mejoras sobre los predios rurales con el objetivo de promover la infraestructura vial.
Se trata de una norma que nació en el Senado, impulsada por el oficialismo, con el auspicio del ministro de Obras Públicas, Lisandro Enrico, y que en Diputados recibió numerosas modificaciones con las que los senadores radicales acordaron de inmediato.
Este jueves 14 la Cámara baja primero y la alta luego completaron el proceso que habían iniciado los representantes de los 19 departamentos, con votos del oficialismo. En el cuerpo de 50 bancas que encabeza la diputada Clara García el texto final prosperó en comisiones y se votó por simple mayoría; mientras que en el que preside la vicegobernadora Griselda Tessio se hizo lo mismo sobre tablas, gracias a que allí el partido de gobierno posee dos tercios de las representaciones. En el Senado votó favorablemente Unidos para Cambiar Santa Fe y se abstuvo el bloque justicialista.
"Es un proyecto importante en el que estamos avanzando, es una ley muy necesaria teniendo en cuenta las inversiones que se están llevando adelante en infraestructura", fundamentó el presidente provisional del Senado, Felipe Michlig (UCR-San Cristóbal), que formuló un especial reconocimiento al ministro de Obras Públicas Enrico. El oficialismo valoró que la oposición en minoría haya permanecido en el recinto durante un extenso cuarto intermedio para participar de la sesión, también elogió el sistema bicameral que produjo mejoras en el intercambio entre la Cámara que propuso la norma y la que la revisó.
Cambios
En términos técnicos se trata de cambios a las leyes 13.505, 13.619 y 8.896 y su modificatoria 9.101. En un lenguaje más llano, se ha sumado a los impuestos del ámbito rural la figura de la contribución por mejoras para el caso en que "la Dirección Nacional de Vialidad o la Dirección Provincial de Vialidad construyan caminos pavimentados, ripiado, arenado o similares, que aseguren el tránsito vehicular permanente" sobre inmuebles ubicados dentro de la zona declarada como "contributiva" e " igual obligación corresponderá" ante "obras viales que se realicen con leyes especiales o por convenios con el Estado Nacional". En todos los casos "el aporte a cargo del contribuyente será como mínimo el 10% del costo total de la obra" y no podrá "superar el 40%". En cambio, en obras de ripiado, arenado o similares, ese aporte "no podrá superar 65%" del costo total de la obra".
Además, "cuando personas físicas o jurídicas interesadas en la construcción de un camino pavimentado, manifiesten voluntad de efectuar aportes económicos para su ejecución, la Dirección Provincial de Vialidad podrá suscribir convenios con los mismos y los montos que se establezcan pasarán a integrar el porcentaje aludido. Asimismo, las obras mediante el presente régimen podrán realizarse a partir de solicitudes de ciudadanos, propietarios o interesados en su ejecución, a simple petición formulada a tal efecto con su sola firma".
La tasa por contribución a cargo de los obligados al pago "se liquidará conforme lo establezca la autoridad de aplicación, a partir de fórmulas pertinentes que tengan en cuenta, al menos, los siguientes parámetros: a) superficie; b) calidad de frentistas de la obra; c) distancia al eje de la obra. Dichas fórmulas se podrán adecuar mediante índices de corrección para cada obra en particular y respetando siempre los parámetros impuestos por la presente ley" en cuanto a máximos y mínimos.
Peajes y compre local
La norma modifica la legislación respecto los peajes, de manera que el cobro de multas derivadas de su falta de pago, "pueda eventualmente ser asumido por la Agencia Provincial de Seguridad Vial de Santa Fe" o "los entes que detenten la concesión vial de una ruta provincial".
En cuanto a las modificaciones sobre el llamado compre santafesino, que tiene a privilegiar a las contratistas santafesinas frente a las del resto del país, se ha buscado ampliar la base de competidoras en las licitaciones públicas. La ley que fue enviada al Poder Ejecutivo para su promulgación (y eventual reglamentación) ahora dice que "cuando la oferta de la empresa local o santafesina superase hasta el 5% a la mejor oferta realizada por una empresa que no es santafesina, se le dará la posibilidad a la primera de igualar la mejor oferta y así será adjudicada". Y que "en caso de que exista más de una empresa santafesina que no supere el 5% establecido en el párrafo anterior, se dará oportunidad a todas ellas para ofrecer nuevamente".
CON INFORMACION DE ELLITORAL.