ARCA simplifica el régimen de controladores fiscales y redefine el esquema informativo desde 2026
- ARCA actualizó el régimen informativo de controladores fiscales mediante la RG 5801/2025.
- Desde enero de 2026, los reportes 8010 y 8011 deberán presentarse de forma mensual.
- Se elimina el Formulario 8012 para evitar duplicación de datos.
- Los plazos serán el día 5 para responsables inscriptos y exentos, y el día 7 para monotributistas.
- Las grandes empresas podrán continuar con presentaciones semanales del 8010.
- Se habilita el formato ZIP para facilitar la carga de información digital.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dio a conocer una modificación relevante en el régimen informativo aplicable a los contribuyentes que utilizan controladores fiscales de nueva tecnología. A través de la Resolución General 5801/2025, publicada el martes 16 de diciembre, el organismo avanzó en una actualización normativa que comenzará a regir a partir de enero de 2026 y que introduce cambios significativos en la forma y la periodicidad de la información que deben presentar monotributistas, responsables inscriptos y sujetos exentos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
La nueva resolución reemplaza y ajusta criterios establecidos por la RG 3561, con el objetivo declarado de eliminar exigencias consideradas redundantes y homogeneizar los procedimientos de información. En un contexto en el que el sistema tributario enfrenta reclamos constantes por simplificación administrativa, la medida apunta a reducir la carga operativa sin resignar capacidad de control por parte del fisco.
Uno de los cambios centrales es la modificación en la periodicidad de presentación de los reportes vinculados a los controladores fiscales. A partir de 2026, los contribuyentes deberán presentar de manera mensual, y no semanal como ocurría hasta ahora, tanto el Formulario 8011 —Reporte Resumen de Totales— como el Formulario 8010 —Reporte Cinta Testigo Digital—. La obligación se mantiene incluso en aquellos casos en los que no se hayan emitido comprobantes o no se registren movimientos durante el período informado.
La resolución establece además la eliminación del Formulario 8012, una decisión que busca evitar la duplicación innecesaria de datos y la reiteración de información ya contenida en otros reportes. Desde ARCA señalan que esta supresión permitirá un esquema más ágil de carga y almacenamiento, tanto para los contribuyentes como para el propio organismo recaudador.
En cuanto a los plazos, el nuevo régimen fija fechas diferenciadas según el tipo de contribuyente. Los responsables inscriptos y los sujetos exentos en IVA deberán presentar la información hasta el día 5 del mes siguiente al período informado, mientras que los monotributistas contarán con plazo hasta el día 7. De este modo, se consolida un esquema mensual uniforme que reemplaza el sistema semanal previo, considerado por muchos contribuyentes como excesivamente burocrático.
No obstante, la normativa incorpora un margen de flexibilidad para ciertos casos. Los responsables inscriptos en IVA que, por su volumen de facturación o características operativas, prefieran continuar con una presentación semanal del Formulario 8010 podrán hacerlo. La condición es que, al cierre del mes, se presente la totalidad de la información correspondiente al período mensual. Esta alternativa apunta especialmente a grandes empresas, que suelen manejar un flujo elevado de comprobantes y encuentran ventajas operativas en reportes más frecuentes.
Otro aspecto técnico relevante es la habilitación del formato ZIP para la presentación del Reporte Cinta Testigo Digital. Esta posibilidad facilita la gestión de grandes volúmenes de información y se alinea con prácticas habituales en compañías de mayor tamaño, que operan con sistemas de facturación complejos y altos niveles de digitalización.
Desde una mirada más amplia, la resolución se inscribe en una estrategia de modernización y estandarización de los regímenes informativos. ARCA busca reforzar el control fiscal a través de herramientas tecnológicas, pero al mismo tiempo responder a las demandas de simplificación planteadas por contribuyentes y asesores tributarios. El desafío será lograr un equilibrio entre eficiencia recaudatoria y reducción de costos administrativos, un punto sensible en un escenario económico marcado por la necesidad de previsibilidad y reglas claras.
Con la entrada en vigencia prevista para enero de 2026, los contribuyentes disponen de los próximos meses para adecuar sus sistemas y procesos internos al nuevo esquema. La eliminación de reportes redundantes y la unificación de criterios prometen una operatoria más ordenada, aunque el impacto real de la medida dependerá de su implementación práctica y del acompañamiento técnico que brinde el organismo recaudador.