Casación habilitó avanzar sobre los bienes de Máximo y Florencia Kirchner en la causa Vialidad
- La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos contra la continuidad del decomiso en la causa Vialidad.
- La ejecución patrimonial apunta a recuperar aproximadamente 685.000 millones de pesos vinculados con la corrupción en la obra pública.
- La defensa de Máximo y Florencia Kirchner había pedido suspender las medidas hasta que se pronunciara la Corte Suprema.
- Los jueces consideraron que los planteos no cumplían los requisitos para habilitar la intervención de Casación.
- Los embargos sobre los inmuebles mantienen su carácter preventivo y no determinan el destino definitivo de los bienes.
- Hotesur y Los Sauces podrán presentar sus defensas cuando se debata formalmente el pedido fiscal de decomiso de sus propiedades.
La ejecución patrimonial derivada de la causa Vialidad continuará adelante luego de que la Cámara Federal de Casación Penal rechazara los recursos presentados para frenar el decomiso de bienes vinculados a Máximo y Florencia Kirchner y a las empresas Hotesur y Los Sauces. La decisión, adoptada por unanimidad, ratificó la continuidad de las medidas cautelares dispuestas por el tribunal encargado de ejecutar la sentencia y dejó pendiente para una instancia posterior la discusión específica sobre la participación de las sociedades comerciales.
La resolución fue dictada por la Sala IV del máximo tribunal penal federal, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña. Los magistrados desestimaron las impugnaciones contra una decisión del Tribunal Oral Federal N° 2, que el 14 de septiembre de 2026 había rechazado los planteos destinados a suspender las actuaciones patrimoniales.
El procedimiento busca hacer efectivo el decomiso de bienes en el marco de la condena firme de Vialidad, con el objetivo de recuperar aproximadamente 685.000 millones de pesos relacionados con la corrupción en la obra pública. Aunque los hijos de Cristina Fernández de Kirchner no fueron condenados en ese juicio, la Justicia determinó que determinados bienes vinculados con ellos tenían un origen ilícito.
La defensa de Máximo y Florencia Kirchner, representada por el abogado Luis Joel Goldin, había solicitado detener las medidas hasta que la Corte Suprema de Justicia resolviera una queja pendiente sobre la procedencia del decomiso. Según el planteo, continuar con la ejecución patrimonial antes de una definición del máximo tribunal podía afectar su intervención y volver inútil una eventual resolución favorable.
El abogado también sostuvo que las medidas comprometían garantías constitucionales, entre ellas el debido proceso, la defensa en juicio y el derecho de propiedad. Además, argumentó que las consecuencias económicas del decomiso podían extenderse a personas que no recibieron condenas en la causa penal.
Sin embargo, los jueces de Casación consideraron que los recursos no reunían las condiciones legales necesarias para habilitar esa instancia. Hornos explicó que la decisión cuestionada no constituía una sentencia definitiva ni podía equipararse a una, dado que no ponía fin al proceso, no extinguía la pena ni impedía la continuidad de las actuaciones.
El tribunal destacó que el TOF N° 2 no había rechazado definitivamente los pedidos de la defensa, sino que había postergado su tratamiento. En consecuencia, entendió que no se había acreditado un perjuicio concreto, actual e imposible de reparar en una instancia posterior.
Los camaristas también señalaron que la existencia de una queja pendiente ante la Corte Suprema no impide que el tribunal oral adopte medidas preparatorias y cautelares para garantizar la eficacia del decomiso. En cuanto a los embargos, remarcaron que tienen carácter preventivo, no modifican la titularidad registral de los inmuebles ni determinan por sí mismos cuál será su destino definitivo.
La resolución también abordó los planteos relacionados con Hotesur y Los Sauces, cuyos accionistas mayoritarios son Máximo y Florencia Kirchner. Sebastián José Sánchez, director titular de ambas sociedades, había cuestionado los embargos sobre 13 inmuebles y advertido que las restricciones sobre los activos más valiosos afectaban el funcionamiento comercial de las firmas.
La representación de las empresas sostuvo que sus patrimonios son jurídicamente independientes de los de sus accionistas y reclamó que se les permitiera defenderse antes de avanzar sobre sus propiedades. Frente a ese argumento, Casación aclaró que el requerimiento fiscal específico sobre los bienes societarios todavía no había sido sometido formalmente a debate.
Por esa razón, los jueces consideraron que la postergación de la intervención de las empresas no vulnera su derecho de defensa, ya que podrán presentar sus argumentos cuando se trate concretamente la solicitud de decomiso. Borinsky recordó, además, que la Sala IV ya había establecido criterios para desarrollar la ejecución patrimonial, incluida la identificación de bienes y la propuesta de medidas por parte del Ministerio Público Fiscal. Barroetaveña adhirió a esa posición y consolidó la unanimidad del fallo.