Blanqueo: cuánto cobrarán los bancos de comisión y qué se podrá hacer con los fondos

ECONOMÍA Giuliana Iglesias*
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó este miércoles procedimiento para adherir al blanqueo de capitales. Dos días antes, el Banco Central había dado detalles del alcance y las características de la apertura de cuenta en los bancos. Se estima que el Gobierno podría dar por exitoso el plan si se exteriorizan entre u$s20.000 millones y u$s30.000 millones y un dato que se conoce poco es que las entidades financieras podrán cobrar comisiones.

La Comunicación "A" 8062 publicada por el BCRA remarca que estarán incluidos todas las personas humanas que hayan sido residentes antes del 31 de diciembre de 2023. Quedan exceptuados funcionarios públicos y familiares, en quiebra, condenados u otros. Se podrán blanquear bienes en la Argentina y en el exterior.

Por último se aclara que se deberá presentar una declaración jurada con documentación en posesión, tenencia o guarda al 31 de diciembre de 2023, conforme cada bien y lo dispuesto en la reglamentación.

Cuentas para blanqueo: las características

En relación con la cuenta especial de Regularización de Activos, la entidad informó lo siguiente:

* Apertura y titulares: sujetos que adhieran al blanqueo y otros, desde cuentas originarias anteriores.

* Acreditaciones: efectivo o transferencias. Si el origen es del Exterior, la debe realizar el mismo titular.

* Movimientos de fondos: Inmovilización hasta 30 de septiembre de este año, excepto hasta u$s100.000 y destino a operaciones onerosas, con respaldo documental, o inversiones.

* Admisibilidad de transferencias a otras cuentas: sujeto a retención del impuesto especial del blanqueo.

* Comisiones: se faculta a las entidades bancarias al cobro de comisiones hasta el monto correspondiente a caja de ahorro o cuenta corriente en dólares.

Martina Mastandrea, abogada financiera en diálogo con Ámbito comentó que en la reglamentación se aclara que "si el importe total regularizado es de hasta u$s100.000, se podrá transferir el importe depositado en esta cuenta hacia otra cuenta propia antes de esa fecha, siempre que ese monto sea utilizado en operaciones onerosas debidamente documentadas –entendiéndose por tales a aquellas que cuenten con el correspondiente respaldo del comprobante pertinente (factura, boleto de compraventa, escritura, entre otros)-".

Para Mastandrea, este punto favorece al mercado de capitales: "El Gobierno quiere que la gente invierta, impulsar la actividad del mercado. Es una medida más para salir más rápido del cepo. El mercado necesita inyección de capital y el blanqueo puede ayudar".

Blanqueo: los tres datos que tenés que saber

Hasta cuándo se puede adherir al blanqueo

El 30 de abril de 2025 es la fecha límite para adherir el blanqueo, para presentar la declaración jurada y efectuar el pago del impuesto especial.

El Poder Ejecutivo está facultado para prorrogar esa fecha hasta el 31 de julio de 2025.

Cuál es la fecha de regularización

La fecha de regularización fue fijada en el 31 diciembre de 2023. Se podrán regularizar los activos o bienes existentes a esa fecha.

Cómo se calcula el valor de los bienes

La base imponible para determinar el impuesto especial será calculada en dólares. Estarán excluidos de la base imponible del impuesto especial los fondos que se depositen en la cuenta especial.

Los valores medidos en pesos serán convertidos a dólares tomando el tipo de cambio de $1.000, definido por el Poder Ejecutivo como "Tipo de Cambio de Regularización".

 

 

* Para www.ambito.com

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