Santa Fe define por ley apoyar a más de 1.540 clubes con deportes en el amateurismo
Con la sanción por unanimidad del Senado, que fue su cámara de origen, es Ley la Creación del Programa de Apoyo a Clubes Santafesinos, que pasó al Poder Ejecutivo Provincial para su promulgación y reglamentación.
El texto dispone, ahora como un objetivo permanente del Estado, promover la práctica de deportes en el amateurismo, es decir, sin lucro. Una serie de condiciones a reunir por las entidades deportivas que soliciten el respaldo de la provincia definen a qué clubes se espera otorgar beneficios. La norma no fija una asignación presupuestaria específica, pero tampoco pone un techo a esas inversiones en materia de promoción social, con un dispositivo de control que es importante: una comisión de seguimiento de la Legislatura (lo que obliga a una exposición pública de esas asignaciones) tendrá a su cargo el cuidado del destino de los fondo
El autor del proyecto es el senador por San Cristóbal, Felipe Michlig, que destacó "el esfuerzo que hacen los directivos, padres, madres, profes, para sostener las actividades deportivas en cada club de barrio y en cada pueblo de la provincia de Santa Fe".
En su exposición aportó datos relevantes sobre la red que la propia comunidad ha construido en organizaciones de entidades sin fines de lucro, para realizar actividades deportivas: "hay 1.543 clubes vinculados al deporte amateur", explicó Michlig, que ya durante la pandemia, en el gobierno anterior de Omar Perotti, propuso y logró que se creara un fondo espacial para esta entidades que pasaron un largo período de inactividad (ni ingresos) para recuperar la normalidad.
En rigor, el presidente provisional del Senado había propuesto lo que ahora se ha aprobado cuando era opositor, poco menos de un año atrás. Ahora, como oficialista, lo obtuvo. Y el detalle no es menor porque implica abrir una compuerta a los gastos que, lógicamente, al no fijarse límites desde el marco normativo los tendrá que adoptar el propio gobierno provincial con su decreto reglamentario. "Dependerá de cada gestión", explicó el radical al indicar que así se preserva la continuidad de una política de estado.
En el mismo sentido, Rubén Pirola (PJ-Las Colonias) bregó porque haya proporcionalidad y equidad entre las instituciones en todo los departamentos y ciudades, sin que se preste atención a los colores políticos de quien gobierne. El contador que lidera al justicialismo en minoría ató esas expectativas a la unanimidad que había obtenido, dos veces, el expediente en el Senado, a diferencia de Diputados donde hubo críticas desde la bancada de Somos Vida que el radical norteño vinculó con lo poco que vive en Santa Fe la diputada Amalia Granata.
Aval
El autor de la iniciativa mencionó que habló de su iniciativa con el gobernador Maximiliano Pullaro, quién "oportunamente me ha dado su aval para su presentación, porque coincide con el espíritu de la gestión, teniendo como una de las principales meta poner en valor a los clubes, en forma equitativa y con un principio federal, con el convencimiento que a través de las actividades deportivas se forman mejores ciudadanos, se fortalecen los valores altruistas, al igual que otras instituciones como la familia y la escuela", indicó.
"En cada barrio, en cada pueblo hay un club, eso es lo que explica el éxito del deporte argentino que -en múltiples disciplinas- se destaca a nivel mundial", fundamentó" el senador y agradeció el acompañamiento con sus firmas de sus correligionarios Germán Giacomino (Constitución) y Orfilio Marcón (General Obligado).
Objetivos
En su artículo 2 del proyecto se enumeran los objetivos del Programa en favor de clubes ubicados en la Provincia de Santa, que serán los siguientes:
Brindar asistencia técnica para la elaboración de proyectos de infraestructura y/o equipamiento deportivo; lo mismo, asistencia financiera para la ejecución de proyectos de infraestructura y la compra de equipamiento deportivo.
También está previsto que haya ayudas para la contratación de personal calificado, para la regularización dominial de los inmuebles que utilicen los clubes, de los derechos de uso sobre los inmuebles utilizados y las necesidades derivadas de situaciones de emergencia climática.
Habrá fondos para alquiler de inmuebles destinados a las prácticas deportivas y asistencia para contratar transportes de delegaciones deportivas. "No se contempla la compra de vehículos en la ley, porque las unidades envejecen y luego es un problema" poner un límite a su uso. Se optó porque ese servicio provenga de un tercero responsable.
"La infraestructura y equipamiento deportivo aludidos en los incisos precedentes serán aquellos de pequeña y mediana escala conforme los parámetros que defina la Autoridad de Aplicación", se aclara en el artículo respectivo.
Otras disposiciones
La ley establece los requisitos que deberán acreditar los clubes interesados para ser parte del Programa. Será solo para "aquellas asociaciones civiles y/o entidades sin fines de lucro con domicilio en la provincia de Santa Fe en los que se practiquen disciplinas deportivas" de carácter amateur.
Las instituciones beneficiadas deberán realizar una rendición de cuentas exhaustiva la cual comprenderá los aspectos físicos y financieros. Dicha rendición de cuentas deberá cumplimentar los requisitos previstos por la normativa vigente y toda otra que establezca la Autoridad de Aplicación.
En otros de sus capítulos, se regula el procedimiento de presentación de solicitudes, evaluación y seguimiento y "en el caso de solicitudes de financiamiento destinado a la ejecución de proyectos de infraestructura o a la compra de equipamiento deportivo, deberán ser acompañadas del respectivo proyecto técnico elaborado con el grado de detalle que establezca la Autoridad de Aplicación"
"La admisibilidad de las solicitudes recibidas y analizadas conforme a lo establecido en los artículos precedentes, será resuelta por la Comisión que se crea mediante el artículo 7 de la presente ley".
Comisión de Seguimiento
A través del Art.7 se deja conformada la Comisión de Evaluación y Seguimiento del Programa de Apoyo a la Infraestructura de Clubes Santafesinos la cual estará integrada por: Los integrantes del Consejo Provincial del Deporte (COPRODE) previsto en el artículo 4 de la Ley N° 10544 y modificatorias; 3 representantes del Poder Ejecutivo; 3 de la Cámara de Senadores nominados por simple mayoría de senadores presentes y sujetos a remoción por idéntico procedimiento; e idéntica cantidad y condiciones de Diputados; también, 3 representantes de las Federaciones con Personería Jurídica que posean la representación de clubes deportivos en la provincia.
Carácter no remunerativo
La ley estipula expresamente "La participación de sus integrantes será de carácter no remunerativa". Además "Constituida la misma se dará sus propias autoridades y aprobará su reglamento interno". A su vez se establecen cuales serán las funciones de dicha comisión relacionadas a admisibilidad de solicitudes, categorizaciones, diligenciamientos,
Serán funciones de dicha Comisión: a) Resolver sobre la admisibilidad de solicitudes, conforme lo previsto en el artículo 6 de la presente ley; b) Sugerir a la Autoridad de Aplicación criterios a adoptar para la categorización de pequeña o mediana escala a que refiere el último párrafo del artículo 2; c) Sugerir a la Autoridad de Aplicación adecuaciones o mejoras en los procedimientos relativos a la presentación y diligenciamiento de solicitudes; información, sugerencias control, etc,
CON INFORMACION DE ELLITORAL.