Casación revisará el decomiso de bienes de Máximo y Florencia Kirchner en la causa Vialidad
- Casación revisará si corresponde decomisar 19 bienes a nombre de Máximo y Florencia Kirchner.
- El monto total del decomiso en Vialidad asciende a casi $684 mil millones y está en ejecución.
- Las defensas alegan violación del derecho de propiedad, inocencia y debido proceso.
- El TOF2 concedió las apelaciones, pero rechazó suspender el decomiso.
- Los bienes cuestionados están en Río Gallegos y El Calafate y fueron cedidos a los hijos de CFK.
- Un fallo adverso podría derivar en recursos ante la Corte Suprema y organismos internacionales.
La Cámara Federal de Casación Penal deberá resolver un nuevo capítulo de alto impacto institucional en la causa Vialidad: la revisión de la decisión que incluyó 19 bienes a nombre de Máximo y Florencia Kirchner dentro del decomiso ordenado tras la condena a Cristina Fernández de Kirchner. El Tribunal Oral Federal 2 (TOF2), que condenó a la ex presidenta a seis años de prisión por administración fraudulenta, concedió los recursos presentados y elevó la discusión al máximo tribunal penal federal del país.
En su resolución, el TOF2 dejó en claro que el monto del decomiso fijado en la sentencia —actualizado a casi 684 mil millones de pesos— se encuentra firme y en etapa de ejecución. Sin embargo, habilitó la revisión específica sobre la inclusión de bienes que figuran a nombre de los hijos de la ex mandataria, quienes no fueron imputados ni juzgados en el expediente Vialidad. La cuestión será analizada por la Sala IV de Casación, integrada por los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña.
El planteo llega con fuertes cuestionamientos de las defensas. Los abogados de Cristina Kirchner, Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, sostuvieron que la resolución del 18 de noviembre pasado incurrió en contradicciones con decisiones previas del propio tribunal y de Casación, además de vulnerar normas internacionales contra la corrupción. En particular, invocaron la Convención Interamericana contra la Corrupción y la Convención de las Naciones Unidas, al advertir que el decomiso se habría extendido más allá de los límites legales.
En paralelo, el apoderado legal de Máximo y Florencia Kirchner, Luis Goldin, denunció arbitrariedad y lesión del derecho de propiedad, del principio de inocencia y del debido proceso. Según su presentación, el Tribunal aplicó de manera indebida un régimen de decomiso para alcanzar bienes lícitos de terceros, desconociendo su carácter sucesorio y sin probar un vínculo directo con el delito investigado. También cuestionó que se haya avanzado sobre bienes obtenidos por cesiones y herencias regularmente acreditadas, lo que —a su entender— contraría la prohibición de confiscación.
El TOF2 reconoció en su fallo que los recursos objetan la adopción de un “modelo de decomiso amplio” y de un “decomiso por valor equivalente” que no estaría expresamente previsto en la ley. La resolución, firmada por los jueces Rodrigo Giménez Uriburu, Jorge Gorini y Andrés Basso, sintetizó los planteos y concedió las apelaciones para que Casación determine si corresponde excluir del decomiso los bienes de Máximo y Florencia.
La controversia se inscribe en la etapa de ejecución de la condena. El 18 de noviembre, el tribunal dispuso el decomiso de bienes de los condenados Cristina Kirchner y Lázaro Báez, así como de empresas vinculadas al empresario, entre ellas Austral Construcciones, Kank y Costilla, Loscalzo y Del Curto. A pedido de los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola, la decisión incluyó propiedades que habían sido cedidas a los hijos de la ex presidenta, ubicadas en Río Gallegos y El Calafate.
El decomiso se ordenó “previa tasación” para satisfacer la pena económica, que asciende a $684.990.350.139,86. En caso de resultar insuficientes, el tribunal habilitó avanzar sobre bienes de otros condenados, como Nelson Periotti, José López, Mauricio Collareda, Raúl Pavesi y Raúl Daruich, algunos de los cuales también apelaron ante Casación.
Mientras tanto, el TOF2 decidió no suspender el decomiso, al considerar que las diligencias pendientes son de carácter administrativo y no generan un perjuicio actual. En paralelo, la Sala IV de Casación también analiza una apelación vinculada a nuevas restricciones al régimen de visitas de la ex presidenta.
La definición de Casación será determinante: no sólo para el alcance patrimonial de la condena en Vialidad, sino también para fijar criterios sobre los límites del decomiso respecto de terceros no condenados. En caso de un fallo adverso, las defensas anticiparon que recurrirán a la Corte Suprema y a organismos internacionales.