ECONOMÍA Agencia de Noticias del Interior

El Gobierno modificó el cálculo de los aportes sindicales y abre un nuevo escenario para las negociaciones paritarias

  • El Gobierno excluyó las sumas no remunerativas del cálculo de los aportes sindicales.
  • El Decreto 612/2026 redefine qué conceptos integran la base de cálculo de las contribuciones convencionales.
  • La medida podría modificar la dinámica de las próximas negociaciones paritarias.
  • Las contribuciones patronales a fondos sindicales quedaron excluidas del límite del 2% previsto por la Ley de Modernización Laboral.
  • El decreto exige una administración separada de los fondos destinados a fines sociales, asistenciales y previsionales.
  • Diversos gremios que utilizan sumas no remunerativas podrían revisar la estructura de sus futuros acuerdos salariales.

El Gobierno nacional introdujo cambios en el régimen de aportes sindicales mediante un decreto que redefine cuáles son los conceptos salariales que deberán tomarse como base para calcular las contribuciones previstas en los convenios colectivos de trabajo. La medida, oficializada este lunes en el Boletín Oficial, podría modificar de manera significativa la dinámica de las negociaciones paritarias, especialmente en sectores donde las sumas no remunerativas se habían convertido en una herramienta habitual para recomponer ingresos.

La nueva reglamentación fue establecida a través del Decreto 612/2026, dictado en el marco de la Ley de Modernización Laboral. Entre sus principales disposiciones, elimina las sumas no remunerativas de la base utilizada para calcular los aportes sindicales, una práctica que hasta ahora había sido incorporada de manera frecuente en los convenios colectivos homologados por la Secretaría de Trabajo.

El cambio adquiere especial relevancia en un momento en el que distintos gremios negocian nuevas actualizaciones salariales. Uno de los casos más observados es el de Empleados de Comercio, cuya discusión paritaria se desarrolla esta semana y donde existían expectativas de que se acordaran nuevas sumas fijas no remunerativas como parte de la recomposición salarial.

Con la entrada en vigencia del decreto, el Gobierno busca establecer criterios uniformes sobre qué conceptos integran la base de cálculo para los aportes y contribuciones convencionales. La norma dispone que únicamente deberán considerarse el salario básico correspondiente a la categoría del trabajador y los adicionales previstos en el convenio colectivo que tengan carácter remunerativo, sean habituales y se liquiden mensualmente.

En consecuencia, quedan excluidos diversos conceptos que hasta ahora, en muchos casos, eran alcanzados por los descuentos sindicales. Entre ellos figuran las sumas no remunerativas, los premios, los bonos extraordinarios, la participación en las ganancias, las horas extras, el Sueldo Anual Complementario (aguinaldo), el plus vacacional y cualquier otra remuneración que no tenga carácter normal, habitual y mensual.

Especialistas en derecho laboral sostienen que la nueva reglamentación delimita con mayor precisión el alcance de los aportes sindicales y restringe la aplicación de descuentos sobre conceptos que anteriormente eran incluidos de manera generalizada en numerosos recibos de sueldo.

No obstante, el decreto también incorpora una aclaración favorable para las organizaciones sindicales en relación con las contribuciones patronales. La norma establece que los aportes que los empleadores realizan en virtud de los convenios colectivos no quedan alcanzados por el límite del 2% fijado por la Ley de Modernización Laboral para las contribuciones solidarias a cargo de los trabajadores.

De esa manera, continúan vigentes los aportes empresariales destinados a distintos fondos especiales administrados por las organizaciones sindicales, como los vinculados con capacitación, asistencia social, previsión o actividades culturales. Entre ellos se encuentran mecanismos utilizados en diversos convenios para financiar institutos de formación y otras prestaciones complementarias.

El decreto también fija nuevas pautas sobre la administración de esos recursos. Dispone que deberán destinarse exclusivamente a fines sociales, asistenciales, previsionales o culturales en beneficio de los trabajadores y exige que sean administrados mediante una contabilidad separada de los restantes bienes y fondos de cada sindicato, con el objetivo de fortalecer los mecanismos de control y transparencia.

La medida comenzó a regir desde el mismo día de su publicación y lleva las firmas del presidente Javier Milei, la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, y el jefe de Gabinete, Diego Santilli.

En la práctica, la decisión impacta sobre una modalidad ampliamente utilizada durante los últimos años en las negociaciones salariales. Numerosos gremios incorporaron sumas no remunerativas para mejorar el ingreso de bolsillo de los trabajadores sin incrementar de inmediato la carga de aportes y contribuciones previsionales.

Entre los sectores que actualmente mantienen este tipo de mecanismos se encuentran Empleados de Comercio, Plásticos, Camioneros, Sanidad, Construcción, Mecánicos, Alimentación, Metalúrgicos y Petroleros, cuyos convenios contemplan distintos esquemas de asignaciones extraordinarias o incrementos no remunerativos que posteriormente suelen incorporarse al salario básico.

Con este nuevo marco regulatorio, las futuras negociaciones paritarias podrían experimentar cambios en la forma de estructurar los acuerdos salariales, ya que la utilización de sumas no remunerativas dejará de tener el mismo efecto sobre los aportes sindicales que venía registrándose hasta ahora. Al mismo tiempo, el Gobierno sostiene que la modificación apunta a otorgar mayor seguridad jurídica y facilitar el control previo de los convenios colectivos antes de su homologación.