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El Gobierno actualizó el índice que se utilizará para calcular futuras jubilaciones

  • El Gobierno estableció un nuevo índice para actualizar salarios históricos utilizados en el cálculo de determinadas jubilaciones.
  • La medida alcanzará a trabajadores en relación de dependencia que cesen desde el 31 de agosto o soliciten su jubilación desde el 1° de septiembre.
  • El indicador corresponde al mecanismo combinado previsto por la legislación previsional vigente.
  • Uno de sus componentes está vinculado con el RIPTE, que refleja la evolución de los salarios formales sujetos a aportes.
  • La actualización no modifica la movilidad mensual de las jubilaciones que ya fueron otorgadas.
  • La disposición fue publicada el 12 de agosto y entró en vigencia desde ese mismo día.

El Gobierno estableció un nuevo índice destinado a actualizar las remuneraciones históricas de los trabajadores en relación de dependencia que se toman como referencia para determinar determinados beneficios previsionales. La medida fue oficializada este miércoles mediante la Disposición 10/2026 de la Subsecretaría de Seguridad Social, dependiente del Ministerio de Capital Humano, y alcanzará a quienes cesen en su actividad desde el 31 de agosto de 2026 o soliciten su jubilación a partir del 1° de septiembre.

La normativa, firmada por la subsecretaria de Seguridad Social, Alexandra Biasutti, dispone la aplicación del índice combinado previsto por la legislación previsional para actualizar los salarios mensuales percibidos durante la trayectoria laboral de los trabajadores registrados. Esas remuneraciones, una vez actualizadas, forman parte de los elementos utilizados para establecer el haber inicial de determinados beneficios jubilatorios.

La decisión no implica un cambio en el mecanismo de movilidad que determina los aumentos de las jubilaciones que ya fueron otorgadas. Se trata de una medida diferente, vinculada específicamente con la actualización de los salarios correspondientes a períodos anteriores que son considerados al momento de calcular un nuevo beneficio previsional.

El mecanismo utilizado tiene origen en la Ley 27.609, que introdujo modificaciones sobre la Ley 26.417 y estableció un índice combinado para actualizar trimestralmente las remuneraciones contempladas en los artículos 24 y 97 de la Ley 24.241. De esta manera, los ingresos percibidos durante la vida laboral pueden ser llevados a valores actualizados antes de incorporarlos a la fórmula utilizada para determinar el haber.

Uno de los componentes que intervienen en ese cálculo está relacionado con la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables, conocida como RIPTE. Este indicador permite observar la evolución de los salarios sujetos a aportes previsionales entre trabajadores registrados que mantienen determinadas condiciones de estabilidad laboral.

En términos prácticos, el RIPTE funciona como una referencia de la evolución de las remuneraciones formales sobre las cuales se realizan aportes al sistema de seguridad social. Su utilización dentro del índice combinado permite incorporar la evolución de los salarios registrados a la actualización de los ingresos históricos que forman parte del cálculo previsional.

La metodología para elaborar el indicador fue reglamentada mediante el Decreto 104/2021. Esa norma estableció que el organismo competente en materia de Seguridad Social debe confeccionar y publicar trimestralmente el índice combinado, acompañado por la metodología empleada para su elaboración. Posteriormente, la Resolución 3/2021 aprobó formalmente ese procedimiento.

En este caso, la Dirección Nacional de Políticas de la Seguridad Social fue la encargada de elaborar el índice correspondiente al nuevo período. El indicador quedó incorporado como anexo de la Disposición 10/2026, que formalizó su aplicación para los casos contemplados por la normativa.

El alcance temporal de la medida quedó definido de manera precisa. El nuevo índice deberá utilizarse para actualizar las remuneraciones mensuales de los trabajadores en relación de dependencia que cesen en su actividad desde el 31 de agosto de 2026 o que soliciten su beneficio previsional a partir del 1° de septiembre.

La disposición entró en vigencia este miércoles 12 de agosto, con su publicación en el Boletín Oficial. A partir de los períodos establecidos, el nuevo indicador será utilizado para actualizar los salarios históricos que intervienen en el cálculo de los beneficios previsionales.

La medida, por lo tanto, introduce una actualización dentro del procedimiento de determinación de futuros haberes iniciales, pero no modifica directamente los ingresos de quienes ya se encuentran jubilados. Su efecto estará concentrado en los trabajadores que accedan a un beneficio previsional bajo las condiciones y fechas fijadas por la nueva disposición.