


ARCA flexibiliza el pago de anticipos de Ganancias para pymes y empresas
ECONOMÍA Agencia de Noticias del Interior
- ARCA flexibilizó el régimen de anticipos de Ganancias para empresas y pymes.
- Las personas jurídicas podrán pedir reducciones desde el tercer anticipo, no desde el quinto.
- La opción se habilita si la estimación supera en 25% el impuesto proyectado.
- Habrá actualización automática de los montos base según el IPC desde 2027.
- El procedimiento especial mantiene un plazo de 60 días para su aprobación.
- Expertos valoran la medida, aunque piden igual trato para personas físicas.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció una serie de modificaciones que buscan aliviar la carga fiscal de las pymes y empresas al momento de abonar los anticipos del Impuesto a las Ganancias. La medida, publicada este lunes en el Boletín Oficial, introduce mayor flexibilidad para recalcular y reducir los montos a pagar, en un contexto donde muchas firmas enfrentan dificultades financieras y una fuerte presión tributaria.
El cambio central de la nueva resolución radica en que las personas jurídicas —es decir, las empresas— podrán solicitar la reducción de los anticipos a partir del tercer pago, en caso de que estimen que el total a ingresar supere en más del 25% el impuesto del período. Hasta ahora, esa posibilidad recién se habilitaba a partir del quinto anticipo, salvo que existiera una sobreestimación superior al 40%.
De esta manera, ARCA amplía el margen para que las compañías ajusten sus pagos en función de la evolución real de sus ingresos, evitando así abonar más de lo que les correspondería en la liquidación final del tributo. Según explicaron fuentes del organismo, la medida apunta a “acompañar las necesidades de flujo de fondos del sector productivo y mejorar la equidad del sistema recaudatorio”.
Más opciones y nuevas condiciones
El Impuesto a las Ganancias se paga de manera anticipada en nueve cuotas iguales de 11,11%, calculadas sobre la base del impuesto determinado en el período anterior. Sin embargo, la dinámica económica y los cambios en los niveles de rentabilidad suelen provocar diferencias entre las proyecciones y los resultados reales, generando saldos a favor que inmovilizan capital de trabajo.
Con la nueva resolución, las empresas podrán ajustar sus pagos en etapas más tempranas, reduciendo los anticipos cuando anticipen que sus ganancias serán menores. Para las personas humanas y sucesiones indivisas, las condiciones no se modifican: podrán ejercer la opción desde el tercer anticipo, o desde el primero si prevén una sobreestimación del 40% o más respecto de la obligación total.
Por otro lado, se mantienen las reglas que permiten reducir desde el primer anticipo cuando la proyección supere en 40% el impuesto estimado. El beneficio no solo implica una mejora en la administración de los recursos financieros, sino también una señal de reconocimiento hacia los contribuyentes cumplidores.
Opiniones del sector
Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, calificó la medida como “un avance importante”, al considerar que “el régimen debe contemplar que los contribuyentes puedan recalcular y reducir los anticipos cuando se estime que su ingreso generará un saldo a favor”.
No obstante, el especialista señaló que “sería conveniente que se modifique la norma y se otorgue el mismo trato a las personas humanas y sucesiones indivisas, para evitar inequidades en el régimen”.
Domínguez también valoró que la resolución introduzca un mecanismo de actualización automática de los montos mínimos a partir de los cuales se puede aplicar el procedimiento especial para la reducción de anticipos. Este sistema se ajustará según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) a partir de 2027, garantizando que los topes no queden desactualizados frente a la inflación.
Control y plazos
El nuevo esquema mantiene el llamado procedimiento especial para ciertos contribuyentes, en el cual la solicitud de reducción no se aprueba de manera automática. En estos casos, ARCA deberá evaluar el pedido dentro de un plazo de 60 días, y si no se pronuncia, la reducción se considerará aprobada en virtud de la Ley de Procedimientos Administrativos.
Los montos base a partir de los cuales se aplicará ese procedimiento se fijaron en $250.000 millones para quienes estén en la categoría 11 y $200.000 millones para el resto de los contribuyentes.
Con esta actualización, ARCA busca equilibrar el control fiscal con un esquema más flexible que permita a las pymes enfrentar sus compromisos impositivos sin comprometer su capital operativo. El alivio fiscal llega en un momento en que las empresas reclaman previsibilidad y menor carga tributaria para sostener la recuperación económica.







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