


Inocencia Fiscal II: crece la presión por los vencimientos mientras el Senado demora el tratamiento
ECONOMÍA Agencia de Noticias del Interior
- El Senado analiza Inocencia Fiscal II mientras se acerca el vencimiento de las declaraciones juradas de Ganancias 2025.
- El calendario legislativo genera preocupación por el vencimiento del primer anticipo de Ganancias 2026, previsto para el 24 de septiembre.
- El proyecto elimina los límites de ingresos y patrimonio que figuraban en la versión original del régimen simplificado.
- La iniciativa establece un piso de $5 millones para considerar significativa una discrepancia fiscal.
- Los contribuyentes podrán corregir observaciones de ARCA mediante el pago de una multa y acceder a una protección sobre períodos anteriores.
- El nuevo régimen exige la bancarización de las operaciones, aunque mantiene hasta fines de 2027 una excepción para determinadas operaciones inmobiliarias en efectivo.
Mientras el Senado avanza con cautela sobre el proyecto de Inocencia Fiscal II, los contadores y asesores tributarios siguen de cerca el calendario impositivo y advierten sobre la necesidad de definir cuanto antes el nuevo esquema. El principal foco de preocupación está puesto en el vencimiento de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2025, que ya fueron prorrogadas en dos oportunidades por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
El proyecto será analizado este martes por la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara alta. La iniciativa llega con modificaciones respecto de la versión original, incorporadas a partir de recomendaciones realizadas por un grupo de profesionales que asesora al ministro de Economía, Luis Caputo. El objetivo de los cambios es otorgar mayores certezas a los contribuyentes y reducir los riesgos derivados de interpretaciones ambiguas del nuevo régimen.
El calendario, sin embargo, genera preocupación. Todo el proceso legislativo debería quedar concluido antes del 22 de septiembre, mientras que apenas dos días después, el 24, vence el plazo para ingresar el primer anticipo de Ganancias correspondiente al ejercicio 2026. Ese pago se calcula sobre la base del impuesto determinado para 2025, por lo que cualquier modificación en el esquema podría impactar directamente sobre las obligaciones de los contribuyentes.
Ante esta situación, los especialistas no descartan que ARCA deba disponer una nueva postergación de los vencimientos. La inquietud no está vinculada solamente con la entrada en vigencia del nuevo régimen, sino también con la acumulación de tareas administrativas que suele producirse en períodos de alta concentración de obligaciones fiscales.
Una de las integrantes del grupo de profesionales que participó de las recomendaciones al Ministerio de Economía expresó públicamente la necesidad de acelerar el tratamiento parlamentario. La preocupación central es que los contribuyentes deben avanzar con sus declaraciones juradas mientras todavía se discuten modificaciones que podrían cambiar las condiciones bajo las cuales deberán cumplir con sus obligaciones.
Entre los principales cambios que contempla Inocencia Fiscal II aparece la ampliación del alcance del Régimen de Ganancias Simplificado. La propuesta permite determinar el impuesto sin presentar una declaración detallada de bienes, mientras que ARCA concentraría sus controles en la consistencia entre los ingresos declarados y los gastos realizados. En caso de detectar una eventual evasión o elusión, sería el organismo recaudador el que debería acreditar la irregularidad.
Otro punto relevante es la eliminación de los límites de ingresos y patrimonio previstos inicialmente. La primera versión establecía un tope de $1.000 millones de ingresos y otro de $10.000 millones de patrimonio. Con la modificación, esos límites desaparecen y cualquier persona humana podría optar por el régimen, excepto quienes estén incluidos en la categoría de Gran Contribuyente Nacional.
También se introducen precisiones sobre el denominado “tapón fiscal”. El concepto de discrepancia significativa, originalmente vinculado con una diferencia del 15%, incorpora ahora un piso de $5 millones anuales. De esta manera, se busca evitar que pequeñas diferencias entre los movimientos patrimoniales y las declaraciones generen automáticamente una instancia de fiscalización.
Además, el contribuyente tendrá la posibilidad de corregir observaciones formuladas por ARCA mediante el pago de una multa. Si la declaración jurada de 2025 es validada, quedaría establecida una protección frente a fiscalizaciones correspondientes a los períodos 2024 y 2023.
El proyecto también incorpora mayores exigencias de bancarización. Quienes adhieran al régimen deberán canalizar sus operaciones habituales mediante transferencias, tarjetas o billeteras virtuales. Como excepción, se mantiene hasta fines de 2027 la posibilidad de realizar en efectivo operaciones inmobiliarias al momento de la escrituración.
El desafío inmediato pasa ahora por compatibilizar los tiempos del Congreso con el calendario tributario. Mientras los senadores definen el tratamiento de la iniciativa, los contribuyentes y profesionales necesitan certezas para poder completar sus obligaciones sin quedar expuestos a cambios de reglas sobre la marcha.






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