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Cepo: BCRA regula acceso al dólar oficial para empresas que emitan deuda y pagarés "hard dollar"

ECONOMÍA 04/06/2024 Agencia de Noticias del Interior
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El Banco Central dispuso que aquellos que emitan deuda en moneda extranjera o pagarés "hard dollar" cuyos servicios de capital e intereses sean pagaderos en moneda extranjera en el país, deberán liquidarlo en el mercado oficial de cambios si desean acceder luego al esa plaza para atender sus servicios de capital y/o intereses.

Cabe recordar que la Comisión Nacional de Valores (CNV) habilitó hace algunos días la posibilidad de que los instrumentos emitidos en dólares para su pago en dicha moneda (cláusula de pago efectivo en moneda extranjera) coticen en el mercado con el fin de facilitar el financiamiento de las empresas a mediano y largo plazo.

De esta manera, está forzando a las empresas a pagarlos por la vía del mercado oficial de cambios, caso contrario, no podrán acceder al dólar oficial luego para pagos de capital o intereses, si no que deberán hacerlo con fondos propios.

En ese sentido, por medio de la Comunicación “A” 8031/2024, publicada este lunes en el Boletín Oficial, el BCRA oficializó algunas modificaciones a las normas de "Exterior y cambios" y se refiere a a dos aspectos principales:

1. Emisiones de títulos de deuda y pagarés en moneda extranjera:

Se agrega un nuevo punto 2.5. a las normas que establece que las emisiones de residentes de títulos de deuda con registro público en el país a partir del 29 de noviembre de 2019 y/o de pagarés con oferta pública emitidos en el marco de la Resolución General CNV 1003/2024 y concordantes, denominados y suscriptos en moneda extranjera y cuyos servicios de capital e intereses "sean pagaderos en moneda extranjera en el país, deberán ser liquidadas en el mercado de cambios como requisito para el posterior acceso a este mercado a los efectos de atender sus servicios de capital y/o intereses".

2. Obligaciones en moneda extranjera con acceso al mercado de cambios:

Se incorpora un nuevo punto 3.6.1.4. a las normas que establece que los pagarés con oferta pública emitidos en el marco de la Resolución General CNV 1003/2024 y concordantes, denominados y suscriptos en moneda extranjera y cuyos servicios de capital e intereses sean pagaderos en moneda extranjera en el país, "en la medida que la totalidad de los fondos obtenidos hayan sido liquidados en el mercado de cambios, tendrán acceso al mercado de cambios para la cancelación de capital e intereses".

Objetivo de la medida

Según a Comunicación oficia, la norma busca asegurar que los fondos obtenidos por las emisiones de títulos de deuda y pagarés en moneda extranjera se liquiden en el mercado de cambios argentino.

Asimismo, destaca que busca limitar el acceso al mercado de cambios para el pago de capital e intereses de las obligaciones en moneda extranjera a aquellas en las que la totalidad de los fondos obtenidos se hayan liquidado en dicho mercado.

Es importante destacar que el texto menciona que el BCRA remitirá posteriormente las hojas que deberán incorporarse a las normas de "Exterior y cambios" para reflejar estas modificaciones.

 

 

Con información de www.elintrnasigente.com

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