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Límite agronómico: el Doctor Carlos Zimerman concurrirá a la justicia si Castellano no veta la ordenanza

RAFAELA 07/12/2021 R24N
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Dialogamos con el Dr. Carlos Zimerman en referencia a la aprobación del límite agronómico y al respeto nos manifestó que la normativa aprobada por los concejales de la oposición tienen una serie de aberraciones jurídicas inaceptables, que más allá de desnudar un atropello a la ciudadanía, muestran un desconocimiento jurídico grande.

"Evidentemente no leyeron nada en materia legal, ni se asesoraron. Escucharon solamente a aquellos que tienen intereses económicos en juego y les importó más el dinero que la salud. No por nada esto se votó después de las elecciones. En campaña son todos corderitos que solo saben sonreír y después te pegan con el garrote en la cabeza".

- ¿Cuál es la principal falla jurídica que tiene la ordenanza aprobada?

- Con el límite ahora impuesto se volvió para atrás. Iremos a la justicia y pediremos la aplicación del PRINCIPIO PROGRESIVIDAD Y NO REGRESIÓN, en materia de Derecho Ambiental hay una profusa jurisprudencia que lo avala. Es inaceptable que se haya vuelto para atrás en un derecho ambiental ganado y no tengo la menor duda que vamos a ser escuchados. Cualquier ciudadano que se vea afectado lo puede hacer. Estamos trabajando para que sea algo colectivo, pero para ello tenemos que esperar que la ordenanza se ponga en vigencia o sea vetada por el intendente Castellano. La legitimación activa para hacer la presentación está absolutamente garantizada.

- ¿Piensa que el proyecto presentado por la Concejal Vimo era mejor que el aprobado?

- El proyecto de Vimo no sólo era mejor y se ganaban derechos, había sido estudiado hace mucho tiempo y seguramente se habrá hecho asesorar por gente entendida e idónea. El aprobado responde a intereses políticos y quizá estudiando e investigando se pueden encontrar otras cuestiones que quizá linden con el dolo, pero eso es un trabajo encarado que aún está en ciernes, quizá sí Castellano veta la ordenanza los salva de una brava.

- ¿Cuándo se presentaría la medida judicial?

- Tenemos que esperar a que entre en vigencia la ordenanza. El intendente tiene la llave para que eso no ocurra y le puede ahorrar mucha plata a la Municipalidad. Acá quién va a perder el juicio es la Municipalidad y no Botero o Viotti.

Para finalizar el Doctor Carlos Zimerman nos manifestó que hay otras aberraciones en la ordenanza aprobada, como apoyarse en una cortina verde aún inexistente y que puede demorar en desarrollarse mucho más que los plazos acordados.

"Los Concejales quieren hacer una cortina verde que solucione el problema antes del 2025 y no se dieron cuenta que en unos días vamos a ingresar al 2022 y no hay nada al respecto. La ordenanza es un verdadero "mamarracho" y no creo que Castellano quiera ganarse juicios en contra de la Municipalidad y demandas penales él por no cumplir el rol que la ciudadanía oportunamente le asignó."

PRINCIPIO PROGRESIVIDAD Y NO REGRESIÓN

Dice el Doctor Guillermo Leguiza Casqueiro: “Con la aplicación de los principios de progresividad y no regresión se reconoce la existencia de un daño, de una situación de disvalor jurídico del cual se quiere salir; implica reconocer que algo fue afectado, ultrajado y quebrantado (no sorprenda pues, el vínculo inicial de este principio con la historia misma de los Derechos Humanos). Del mismo modo, se traduce en el deseo de realizar un `plan de progreso´, un programa en miras a levantar, sanar y/o reparar. La progresividad, entonces, es salir de lo malo y ver cómo hacer para transitar el camino hacia lo `bueno´.”

“El principio de No Regresión en materia ambiental implica que las leyes no deben ser modificadas si esto se traduce en un retroceso respecto a los niveles de protección alcanzados. Las nuevas normas no deben ni pueden empeorar la situación del derecho ambiental preexistente en cuanto a su alcance, amplitud y efectividad.”

“¿Para qué sirve el principio de no regresión? También conocido como de prohibición de retroceso, tiene como fin garantizar que ninguna acción u omisión, tanto de particulares como del Estado, pueda disminuir el nivel de protección del medio ambiente o el piso mínimo logrado hasta el momento. Comparte algunos presupuestos con la cláusula de statu quo, de salvaguarda o stand still. Resulta una herramienta esencial para el desarrollo y la eficacia del derecho ambiental que puede emplearse invocando el art. 4º, ley 25.675.” . A partir de esto vamos a trabajar para subsanar un "mamarracho" jurídico de legisladores que nunca se asesoraron correctamente. Concluyó Zimerman

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