


Inocencia Fiscal II quedó sin dictamen por tensiones en el Senado
ECONOMÍA Agencia de Noticias del Interior
- El Senado no logró emitir un dictamen de mayoría para el proyecto de Inocencia Fiscal II por falta de firmas.
- La iniciativa elimina los topes de ingresos y patrimonio para acceder al régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias.
- La ARCA solo podrá impugnar declaraciones cuando existan diferencias significativas respaldadas por pruebas concretas.
- El proyecto incorpora un plazo de quince días hábiles para corregir inconsistencias sin generar una impugnación.
- Los funcionarios públicos quedarán excluidos de los principales beneficios del régimen tributario.
- La misma jornada también quedó frenado el proyecto radical para crear un nuevo régimen de incentivos a inversiones relevantes.
El tratamiento del proyecto de ley de Inocencia Fiscal II sufrió un freno en el Senado luego de que un plenario de las comisiones de Justicia y Asuntos Penales, y de Presupuesto y Hacienda no lograra reunir las firmas necesarias para emitir un dictamen de mayoría. La demora dejó en evidencia el creciente clima de desconfianza entre el oficialismo de La Libertad Avanza y los sectores dialoguistas, en una jornada marcada por negociaciones de último momento y diferencias sobre el respaldo parlamentario.
La iniciativa, que ya cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados, busca ampliar el alcance del régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias administrado por la ARCA mediante la eliminación de los actuales límites de ingresos y patrimonio que restringen el acceso al sistema. Con la reforma, cualquier contribuyente con residencia fiscal en Argentina podría adherirse al esquema de declaración simplificada, reemplazando el mecanismo tradicional por una presentación reducida.
El principal obstáculo surgió cuando el senador radical Flavio Fama, de Catamarca, quien había contribuido al quórum del encuentro, abandonó la reunión antes de firmar el despacho. Aunque anticipó que respaldará el proyecto en las próximas horas, su ausencia impidió cerrar el dictamen durante el plenario y prolongó la incertidumbre sobre el cronograma legislativo.
Más allá del traspié parlamentario, el proyecto introduce modificaciones relevantes en la relación entre los contribuyentes y la ARCA. Uno de los cambios centrales establece que el organismo recaudador solo podrá impugnar una declaración simplificada cuando detecte una diferencia igual o superior al 15% del impuesto determinado, dejando atrás el criterio que tomaba como referencia el saldo final a pagar.
La propuesta también incorpora un margen de tolerancia destinado a evitar controversias por diferencias menores. Según el texto, no existirá una discrepancia significativa cuando la diferencia nominal sea igual o inferior al 5% del umbral previsto por el Régimen Penal Tributario, equivalente a cinco millones de pesos.
Además, se crea un período de subsanación de quince días hábiles para que el contribuyente pueda corregir la declaración y cancelar el monto adeudado sin que ello derive automáticamente en una impugnación.
Otro de los aspectos destacados consiste en el fortalecimiento de las garantías para quienes adhieran al régimen. La carga de demostrar eventuales inconsistencias recaerá exclusivamente sobre la ARCA, que deberá sustentar sus observaciones mediante información declarada por el propio contribuyente, registros oficiales o datos aportados por terceros. Al mismo tiempo, se restringe el uso de presunciones como fundamento de ajustes tributarios y se mantiene hasta el 31 de diciembre de 2027 la prohibición de utilizar la presunción vinculada con depósitos bancarios no justificados.
El proyecto también contempla beneficios específicos para las pequeñas y medianas empresas, personas humanas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro que no integren la categoría de Grandes Contribuyentes Nacionales. Para esos casos se prevé una reducción automática del 25% en determinadas multas formales.
Durante su paso por Diputados, además, el oficialismo acordó excluir completamente a los funcionarios públicos de las principales ventajas del régimen. Quienes hayan ocupado cargos de alta responsabilidad en cualquiera de los tres poderes del Estado durante los últimos cinco años podrán utilizar la declaración simplificada únicamente para presentar su documentación y efectuar los pagos correspondientes, pero quedarán excluidos de la presunción de exactitud y de otras protecciones previstas para el resto de los contribuyentes.
Respecto de los dólares no declarados, la iniciativa no plantea un nuevo blanqueo generalizado. En cambio, redefine las condiciones bajo las cuales la ARCA podrá investigar el patrimonio de los contribuyentes, con la intención de favorecer la incorporación voluntaria de esos activos al circuito formal.
Durante el debate en comisión, especialistas en derecho tributario defendieron la propuesta al considerar que aporta mayor previsibilidad y reduce la discrecionalidad administrativa. También señalaron que la ampliación del régimen fortalece el principio de igualdad entre contribuyentes y ofrece mayor seguridad jurídica para quienes cumplen con sus obligaciones fiscales.
La jornada legislativa también dejó pendiente otro proyecto impulsado por sectores del radicalismo para crear un Régimen de Incentivo para Inversiones Relevantes destinado a proyectos desde 12 millones de dólares. La falta de firmas suficientes, incluso dentro del propio espacio impulsor, volvió a exponer las dificultades para construir consensos en un Senado atravesado por negociaciones permanentes y equilibrios cada vez más frágiles.






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