


Condenan a la Municipalidad de Santa Rosa por daños causados por el hundimiento de una calle
JUDICIALES Ricardo ZIMERMAN
La Sala I de la Cámara de Apelaciones de Santa Rosa confirmó por unanimidad una condena contra la Municipalidad local por los daños sufridos por un camión que cayó en un hundimiento de la calzada mientras circulaba por una calle de la capital pampeana. El tribunal ratificó además la obligación de indemnizar a la empresa propietaria del vehículo por lucro cesante, al considerar acreditado que el rodado quedó fuera de servicio durante el tiempo que demandaron las reparaciones.
El hecho ocurrió en abril de 2021, cuando el camión transitaba por una arteria urbana y el pavimento cedió debido a un pozo existente en la calzada. Como consecuencia del hundimiento, el vehículo sufrió importantes daños mecánicos y estructurales, entre ellos roturas en el radiador, el spoiler inferior del paragolpe y los estribos.
La firma afectada inició una demanda civil contra la comuna argumentando que el accidente se produjo por la falta de mantenimiento de la vía pública y por un deficiente ejercicio del poder de policía municipal sobre el estado de las calles.
En primera instancia, la Justicia hizo lugar al reclamo y condenó al municipio a resarcir tanto los daños materiales como las pérdidas económicas ocasionadas por la imposibilidad de utilizar el camión para realizar fletes durante el período de reparación.
La Municipalidad apeló la sentencia cuestionando la acreditación del hecho y de los daños reclamados. Entre otros argumentos, sostuvo que las fotografías aportadas no resultaban prueba suficiente y remarcó que no existían reclamos administrativos previos sobre el estado de esa zona de la ciudad.
Además, el municipio alegó que no se había realizado una pericia técnica sobre el vehículo y que tampoco se presentó la factura correspondiente a las reparaciones efectuadas.
Sin embargo, las juezas Marina E. Álvarez y Laura B. Torres rechazaron los agravios y ratificaron la responsabilidad municipal. En el fallo señalaron que durante el proceso quedó demostrado que en ese sector se había ejecutado una obra de red de desagües que posteriormente presentó problemas de socavaciones y hundimientos en la calzada.
El tribunal consideró además que la combinación entre el presupuesto de reparación presentado y el testimonio del mecánico que intervino en el arreglo del camión resultaba suficiente para acreditar los daños sufridos por el vehículo y el pago realizado por la empresa.
Respecto del lucro cesante, la Cámara validó el reclamo económico tras corroborar que el rodado permaneció fuera de servicio durante aproximadamente dos semanas. Para ello, tomó en cuenta información aportada por la empresa La Anónima, cliente habitual de la firma demandante, que permitió calcular la cantidad promedio de viajes y fletes que no pudieron concretarse durante ese período.
De esta manera, la sentencia quedó firme y la Municipalidad deberá afrontar la indemnización derivada del accidente.





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