La Corte dejó firme una cautelar que obliga al Estado a cumplir parte de la ley de financiamiento universitario

JUDICIALES Agencia de Noticias del Interior

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  • La Corte Suprema dejó firme la cautelar que obliga al Estado a cumplir parte de la Ley de Financiamiento Universitario.
  • El máximo tribunal rechazó el recurso del Gobierno por no existir una sentencia definitiva.
  • La medida mantiene vigente la actualización salarial y la recomposición de programas estudiantiles.
  • El Ejecutivo ya había acordado aumentos para salarios, funcionamiento y hospitales universitarios.
  • La causa principal continuará para definir la constitucionalidad del decreto 759/2025.
  • El fallo fortalece la aplicación parcial de la ley mientras se resuelve el conflicto de fondo.

La Corte Suprema de Justicia dejó firme la medida cautelar que obliga al Estado Nacional a aplicar dos artículos de la Ley 27.795 de financiamiento universitario, al declarar inadmisible el recurso extraordinario presentado por el Gobierno por considerar que no existe una sentencia definitiva sobre el fondo del conflicto. La decisión mantiene vigente la orden judicial que exige actualizar los salarios del personal docente y no docente de las universidades nacionales y recomponer los programas destinados a los estudiantes.

La resolución fue firmada por los tres integrantes del máximo tribunal y representa un nuevo capítulo en la disputa judicial y política por la aplicación de la norma sancionada por el Congreso. Si bien el pronunciamiento no genera efectos económicos inmediatos, debido a que el Poder Ejecutivo ya había acordado una actualización de partidas con las universidades y los gremios del sector, el fallo fortalece la vigencia de la ley mientras continúa la discusión principal del expediente.

La controversia comenzó con una acción de amparo colectivo impulsada por representantes del sistema universitario nacional, quienes cuestionaron la constitucionalidad del decreto 759/2025. Esa norma estableció que la Ley de Financiamiento Universitario solo podría ejecutarse una vez definidas las fuentes específicas para solventar los recursos previstos.

En una primera instancia, la Justicia Contencioso Administrativa Federal resolvió hacer lugar parcialmente al planteo mediante una medida cautelar y ordenó al Estado cumplir con los artículos 5 y 6 de la ley. Esos apartados establecen la actualización de los salarios universitarios desde diciembre de 2023 hasta la entrada en vigencia de la norma y la recomposición de los programas dirigidos al estudiantado.

La cautelar no alcanzó otros aspectos contemplados en la legislación, como la recomposición presupuestaria correspondiente a los ejercicios 2024 y 2025 ni distintas partidas destinadas a programas de fortalecimiento institucional y asistencia.

Al revisar la causa, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal consideró que el Estado no había logrado desvirtuar los fundamentos presentados por las universidades. También sostuvo que el Congreso había insistido en la sanción de la ley y que el Poder Ejecutivo pretendía limitar su aplicación mediante un decreto de jerarquía normativa inferior.

Los magistrados entendieron además que la demora en la implementación de esas disposiciones podía ocasionar un deterioro salarial con consecuencias directas sobre el funcionamiento del sistema universitario y sobre el derecho a enseñar y aprender. En ese análisis también señalaron que el impacto fiscal derivado del cumplimiento de la medida no representaba una afectación significativa para las cuentas públicas.

Antes de llegar a la Corte Suprema, el Gobierno había intentado revertir la decisión mediante distintos recursos judiciales. Entre ellos, recusó a los jueces que intervinieron en las instancias inferiores y solicitó la excusación de los integrantes del máximo tribunal al considerar que ejercen actividades docentes en universidades. Esos planteos ya habían sido rechazados y ahora la Corte volvió a cerrar esa posibilidad al declarar inadmisible el recurso extraordinario vinculado con la medida cautelar.

En paralelo al proceso judicial, el 10 de junio de 2026 el Poder Ejecutivo suscribió un acuerdo con representantes del sistema universitario y organizaciones gremiales. El entendimiento contempló una recomposición del 24,33% sobre la masa salarial, un incremento del 20% para los gastos de funcionamiento y una ampliación de los fondos destinados a hospitales universitarios hasta alcanzar los 50.000 millones de pesos.

El acta también incluyó un aumento del 50% para las Becas Manuela Belgrano desde junio y estableció la continuidad de las negociaciones paritarias hasta septiembre, con el objetivo de revisar la evolución salarial de acuerdo con la inflación y analizar mecanismos de recuperación del poder adquisitivo perdido durante 2024.

Con este escenario, la decisión de la Corte no modifica las partidas ya comprometidas por el Gobierno, pero consolida la vigencia de la cautelar y representa un respaldo institucional a la aplicación parcial de la Ley de Financiamiento Universitario, mientras continúa el proceso judicial que deberá resolver la constitucionalidad del decreto cuestionado y definir el alcance definitivo de la norma.

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