La Cámara de Apelaciones suspendió la licitación de los activos de SanCor y frena el proceso de liquidación

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La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de la Quinta Circunscripción Judicial, con sede en Rafaela, resolvió este viernes suspender de manera provisoria el pliego de licitación y el cronograma previsto para la venta de los activos de la quebrada cooperativa SanCor, una decisión que introduce un cambio significativo en el proceso de liquidación de la histórica empresa láctea.

La medida fue adoptada tras hacer lugar a un recurso presentado por Fidulac S.A., firma encabezada por el empresario Gustavo Scaglione, interesada en participar del proceso de adquisición de la compañía.

El conflicto se originó luego de que la empresa cuestionara la resolución dictada por el juez del concurso, Marcelo Gelcich, quien había establecido las condiciones para la venta de los bienes de SanCor. En una primera instancia, la presentación de Fidulac fue rechazada porque la firma del recurso era digital y no manuscrita, motivo por el cual la sociedad decidió recurrir directamente ante la Cámara de Apelaciones.

Entre los principales cuestionamientos, Fidulac objetó la forma en que se estructuró la liquidación, especialmente la decisión de vender por separado las plantas industriales y los activos intangibles, como la marca SanCor y sus líneas comerciales. También manifestó diferencias respecto de la valuación fijada para esos bienes.

A comienzos de junio, el juez Gelcich había dispuesto que la venta se realizara mediante licitaciones públicas con un valor base total de 52,1 millones de dólares. El esquema contemplaba, por un lado, la comercialización de las seis plantas industriales —tres ubicadas en Santa Fe y tres en Córdoba— junto con sus instalaciones, valuadas en 27,4 millones de dólares.

Por otra parte, se estableció la venta de los activos intangibles por un valor mínimo de 24,7 millones de dólares, de los cuales 18,7 millones correspondían a la marca SanCor, mientras que el resto incluía otras marcas comerciales de la empresa, como Mendicrim, Tolem y Quesabores.

En su resolución, la Cámara consideró que la aprobación del pliego licitatorio constituye una decisión de enorme relevancia, ya que fija tanto el valor de los activos como el mecanismo de liquidación, aspectos que podrían generar consecuencias irreversibles para el futuro de la empresa y para las posibilidades de preservar su continuidad.

Por ese motivo, los magistrados resolvieron conceder el recurso de apelación con efecto suspensivo, aclarando que la decisión no implica un pronunciamiento sobre el fondo del planteo, sino la necesidad de revisar el procedimiento antes de continuar con la venta de los bienes.

Desde el entorno de Fidulac señalaron que el objetivo no es paralizar el proceso de liquidación, sino garantizar que se desarrolle bajo criterios transparentes y con una correcta valoración de los activos. Según indicaron, consideran que separar las plantas industriales de las marcas comerciales podría reducir el valor de la empresa y perjudicar los intereses de los acreedores.

Con esta resolución, el proceso de liquidación de SanCor queda momentáneamente suspendido hasta que la Justicia resuelva la apelación presentada y determine si corresponde modificar las condiciones originalmente establecidas para la venta de los activos de la histórica cooperativa láctea.

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