YPF logra frenar la búsqueda de activos mientras se define la apelación en Nueva York

JUDICIALES Agencia de Noticias del Interior
20250723-loretta-preska-2067073
  • La jueza Loretta Preska suspendió el discovery para buscar activos embargables de YPF.
  • La medida rige mientras se resuelve la apelación ante la Cámara del Segundo Circuito de Nueva York.
  • El freno alcanza solo al discovery por “alter ego” y no a otros activos soberanos.
  • Argentina fue condenada en primera instancia a pagar 16.100 millones de dólares, fallo aún no firme.
  • La defensa cuestiona la jurisdicción y sostiene que la expropiación fue un acto soberano.
  • La Cámara deberá definir si hubo una interpretación extralimitada del estatuto de YPF.

La jueza federal de Nueva York Loretta Preska dispuso suspender de manera transitoria la orden que ella misma había dictado para avanzar en la localización de bienes potencialmente embargables de YPF, en el marco del juicio por la expropiación de la petrolera. La decisión representa un alivio parcial para la compañía y para el Estado argentino, ya que frena el denominado discovery orientado a probar que YPF sería un “alter ego” del Estado nacional, estrategia utilizada por los demandantes para ampliar el alcance de eventuales embargos.

La suspensión fue concedida tras un pedido de la defensa de YPF y se mantendrá vigente hasta que la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York se expida sobre la apelación presentada por Argentina contra el fallo de primera instancia. Así lo explicó el abogado y director de la Fundación de Investigaciones para el Desarrollo, Sebastián Soler, quien destacó que el tribunal de alzada deberá analizar un punto sensible y poco explorado: las implicancias de este tipo de discovery sobre la inmunidad de jurisdicción de empresas estatales bajo la Ley de Inmunidad Soberana de Estados Unidos.

Según Soler, aunque la apelación debería tramitarse de manera “expeditiva”, ese concepto en la práctica implica varios meses. La complejidad del tema y su relevancia institucional hacen prever un proceso más extenso que el habitual, lo que prolongará el compás de espera antes de una definición de fondo.

En la misma línea, el director de Latam Advisors, Sebastián Maril, calificó la decisión como un “regalo navideño” para YPF. Subrayó que Preska aceptó suspender el discovery vinculado al presunto alter ego mientras se revisa la sentencia, aunque aclaró que la orden no alcanza a otros procesos de búsqueda de activos soberanos, que continúan vigentes. De este modo, el alivio es acotado y no implica un cierre del frente judicial.

El caso tiene su origen en la expropiación de YPF realizada en 2012, durante la presidencia de Cristina Fernández de Kirchner. En 2023, Preska condenó en primera instancia a la Argentina a pagar 16.100 millones de dólares a favor de Buford Capital, fondo que adquirió los derechos de litigio de las sociedades Petersen y Eton Park. Sin embargo, la sentencia no está firme y fue apelada por el Estado argentino, por lo que aún resta la decisión del tribunal superior.

El juicio se inició formalmente en 2015, cuando Petersen —controlada por la familia Eskenazi y titular del 25% de las acciones de YPF— y Eton Park, con una participación cercana al 3%, vendieron sus derechos a litigar a Buford Capital. Fue este fondo el que impulsó la demanda en Nueva York contra la Argentina y la petrolera.

Desde el inicio, la defensa argentina cuestionó la jurisdicción del tribunal estadounidense. Argumentó que el estatuto de YPF no establece la resolución de conflictos en el extranjero y que la expropiación fue un acto soberano, no una operación comercial. Además, invocó la doctrina del “foro no conveniente”, que habilita a los jueces estadounidenses a declinar competencia cuando existen tribunales más apropiados en otro país.

Pese a esos planteos, Preska decidió avanzar. Si bien reconoció el carácter soberano de la expropiación, priorizó el estatuto de la empresa por sobre la legislación y la Constitución argentinas. La jueza sostuvo que el Estado incumplió una cláusula incorporada durante la privatización de los años noventa, que obligaba a ofrecer una compra de acciones al resto de los accionistas si el Estado superaba el 49% del capital. Cabe recordar que la expropiación recayó sobre el 51% de YPF en manos de Repsol, que fue indemnizada tras la aprobación de la Ley 26.932 por el Congreso.

Para la defensa argentina, ni Petersen ni Eton Park fueron expropiadas y el fallo incurre en una interpretación extralimitada del estatuto societario. Esa discusión es la que ahora deberá resolver la Cámara de Apelaciones, en una instancia clave que definirá el futuro del multimillonario litigio.

ÚLTIMAS NOTICIAS
Te puede interesar
Lo más visto

PERIODISMO INDEPENDIENTE