

La nefasta ley 26657 de Salud Mental y el rol del Dr. Ricardo Lorenzetti
SALUD

Resumen de la nota
- Autor y Contexto: Leonardo Gorbacz, psicólogo y exdiputado, impulsor de la Ley Nacional de Salud Mental N.º 26.657, sancionada el 25 de noviembre de 2010 en Argentina.
- Colaboración Institucional: Elaboración conjunta con el Ministerio de Salud, INADI, Secretaría de Derechos Humanos y la Defensoría General durante el gobierno de Cristina Fernández.
- Cambio de Paradigma: La ley propone la salud mental como un derecho humano, buscando eliminar el estigma y la discriminación.
- Controversias: Cierre de hospitales psiquiátricos, considerado apresurado y sin un plan alternativo, ha dejado a muchos pacientes desprotegidos y vulnerables.
- Críticas Profesionales: Miedo entre profesionales de salud mental por la falta de recursos para tratar crisis agudas; temen que la ley desresponsabilice al Estado de su atención.
- Rol de Ricardo Lorenzetti: No fue legislador de la ley, pero contribuyó a su marco jurídico a través de fallos clave en la Corte Suprema que defendieron los derechos humanos en salud mental.
- Implicaciones de la Ley: La ley, vigente y cuestionada, promueve un enfoque que ignora la complejidad de las enfermedades mentales y ha llevado a una crisis en la atención especializada.
- Criticas Adicionales: La visión del órgano revisor, compuesto mayoritariamente por abogados de ONG de derechos humanos, puede sesgar la percepción sobre la internación psiquiátrica, abordando la psiquiatría de forma negativa.
- Reflexión y Debate: Se plantea la necesidad de cuestionar y debatir la efectividad de la Ley 26.657 en la atención de la salud mental.
El autor principal de la Ley Nacional de Salud Mental N.º 26.657 de Argentina es Leonardo Gorbacz, psicólogo y exdiputado nacional. Durante su mandato parlamentario, Gorbacz fue el impulsor del proyecto que dio origen a esta legislación, sancionada el 25 de noviembre de 2010 y promulgada el 2 de diciembre del mismo año .  
La ley fue elaborada en colaboración con diversas instituciones, incluyendo el Ministerio de Salud, el INADI, la Secretaría de Derechos Humanos y la Defensoría General de la Nación, durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner . Es sin duda una ley nefasta.
La Ley 26.657 significó un nefasto cambio de paradigma en el abordaje de la salud mental en Argentina
La Ley 26.657, sancionada en 2010 en Argentina, ha provocado un cambio significativo en la forma en que se aborda la salud mental en el país, generando tanto apoyo como críticas en diversos sectores de la sociedad. Este nuevo marco legal responde a un contexto histórico en el que la atención psiquiátrica había sido históricamente estigmatizada y en muchos casos, totalmente desatendida.
Uno de los fundamentos de la Ley 26.657 radica en la idea de que la salud mental no debe ser considerada como una mera cuestión de enfermedad, sino como un derecho humano integral que debe ser garantizado por el Estado. Esta perspectiva busca erradicar el estigma asociado a las condiciones de salud mental, que a menudo llevan a la discriminación y al aislamiento social de quienes las padecen. Sin embargo, la implementación de la ley ha suscitado un debate intenso sobre sus implicaciones prácticas.
Una de las disposiciones más controvertidas de la ley fue el cierre de hospitales y clínicas especializadas en salud mental. Esta medida fue justificadamente interpretada como un intento de desplazar el enfoque de la atención institucional hacia un modelo comunitario. Sin embargo, muchos críticos argumentan que el cierre de estas instituciones se realizó de manera apresurada y sin un plan sostenido para sustituir la atención brindada por estos espacios. La falta de recursos adecuados y de infraestructura en el ámbito comunitario ha dejado a muchos pacientes sin un sistema de apoyo viable, lo que ha llevado a un aumento en la vulnerabilidad y la desprotección de estas poblaciones.
Por otro lado, este cierre ha generado miedo y desconfianza entre profesionales de la salud mental, quienes ven en la ley un intento de desresponsabilizar al Estado de la atención a necesidades complejas. Se ha argumentado que, sin hospitales y clínicas que puedan ofrecer cuidados intensivos y asistencia a crisis agudas, muchas personas con trastornos mentales severos quedan desprotegidas y expuestas a situaciones de riesgo.
El rol de Ricardo Lorenzetti
Ricardo Lorenzetti, expresidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y actual miembro del máximo tribunal de justicia Argentino, no fue autor ni legislador de la Ley Nacional de Salud Mental N.º 26.657. Sin embargo, su rol fue significativo en la consolidación del marco jurídico y jurisprudencial que respaldó los principios fundamentales de esta ley.
Rol de Lorenzetti en el desarrollo del marco jurídico
Durante su presidencia en la CSJN, Lorenzetti lideró fallos clave que sentaron precedentes en materia de derechos humanos aplicados a la salud mental. Casos como “Tufano” (2005), “R., M. J.” (2008) y “Arriola y otros” (2009) abordaron temas como la capacidad jurídica de las personas con padecimientos mentales, la protección de sus derechos fundamentales y la necesidad de vigilancia estatal en su tratamiento. Estos fallos interpelaron a los poderes legislativo y ejecutivo para avanzar en la creación de normas y políticas públicas acordes a los estándares internacionales de derechos humanos . 
Participación en debates y promoción de estándares internacionales
En 2009, Lorenzetti participó en el encuentro “Salud mental y derechos humanos: vigencia de los estándares internacionales”, organizado por diversas instituciones, incluyendo la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional y la Organización Panamericana de la Salud. Este evento fue clave para debatir la implementación de políticas de Estado en materia de salud mental y derechos humanos .
Contribución doctrinaria
Además, Lorenzetti ha abordado la temática de la salud mental y los derechos humanos en sus publicaciones, como en el libro “Salud mental, legislación y derechos humanos en Argentina”, donde analiza la necesidad de una legislación protectoria para las personas con discapacidad mental .
En resumen, aunque Ricardo Lorenzetti no fue el autor ni legislador de la Ley 26.657, su labor en la Corte Suprema y su participación en debates y publicaciones contribuyeron significativamente al desarrollo del marco jurídico y doctrinario que respaldó los principios de esta legislación.
La Ley 26657 de 2010, aún vigente, representa un enfoque ideológico profundamente problemático en la atención de la salud mental en nuestro país. Al hacerlo, niega la complejidad de las enfermedades mentales y perpetúa un estigma que puede resultar devastador para los pacientes. En su intento de desestigmatizar la atención psiquiátrica, esta ley ha equiparado injustamente al médico psiquiatra con otros profesionales de la salud mental, como psicólogos y terapeutas ocupacionales, lo que oscurece la necesidad de una formación especializada en el tratamiento de trastornos mentales.
El cierre de neuropsiquiátricos y la calificación de la internación como un recurso restrictivo que debe ser evitado a toda costa, han llevado a la eliminación de instituciones que brindaban atención especializada. Este enfoque ha generado una profunda crisis en el sistema de salud mental, dejando a muchos pacientes sin el cuidado que necesitan. La falta de recursos y la desatención sistemática han, en muchos casos, resultado en desenlaces trágicos que ponen en evidencia las consecuencias de una ideología política que desprecia la complejidad del tratamiento psiquiátrico.
El doctor Andrés Mega, psiquiatra y presidente del Capítulo de Responsabilidad Profesional de la Asociación Argentina de Psiquiatras, ha expresado con claridad el daño que esta ley ha causado: su interpretación caprichosa por parte de ciertos operadores políticos ha contribuido al cierre de instituciones y a la falta de apoyo para los psiquiatras y psicólogos comprometidos con el bienestar de sus pacientes.
Esta crítica resalta cómo un marco legal que debería proteger a la población ha sido transformado en una herramienta de control ideológico, donde la atención psiquiátrica es vista no como un tratamiento, sino como un castigo.
Además, es preocupante que el órgano revisor de esta ley esté constituido mayoritariamente por abogados vinculados a ONG de derechos humanos, lo que refleja una visión sesgada de la internación psiquiátrica. Esta configuración no solo cuestiona la legitimidad de la atención médica, sino que también promueve una narrativa que asocia la psiquiatría con la tortura, desdibujando así la línea entre la atención profesional y el desprecio por la vida de los pacientes.
Es momento de cuestionar y debatir la vigencia de la Ley 26657, se debe tomar la salud mental como una enfermedad y dejar el "progresismo" nefasto de lado.
Si se cambia la ley, se pueden salvar muchas vidas, los garantistas son parte de una pagina nefasta que debe ser "arracanda" de raíz.



