Frederic celebró el fallo contra el protocolo antipiquetes y cuestionó la política de seguridad del Gobierno

POLÍTICA Agencia de Noticias del Interior
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  • Sabina Frederic celebró la declaración de inconstitucionalidad del protocolo antipiquetes.
  • Cuestionó el uso de la fuerza y responsabilizó al Estado por los hechos de violencia.
  • Rechazó la idea de que el protocolo haya servido para “recuperar el orden”.
  • Criticó la demora judicial y afirmó que la inconstitucionalidad era evidente.
  • El fallo sostuvo que el Ministerio de Seguridad excedió sus competencias legales.
  • La Justicia remarcó que la protesta social no puede equipararse a un delito penal.

La ex ministra de Seguridad de la Nación, Sabina Frederic, respaldó la declaración de inconstitucionalidad del protocolo antipiquetes impulsado por Patricia Bullrich y apuntó con dureza contra la actual administración libertaria. Sus declaraciones se conocieron luego de que el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 hiciera lugar a una acción de amparo y determinara que el esquema diseñado por el Ministerio de Seguridad presentaba vicios en su conformación legal y excedía las atribuciones del Poder Ejecutivo.

Para Frederic, el fallo judicial confirma advertencias que, según sostuvo, habían sido planteadas desde el inicio de la implementación del protocolo. A su entender, no existía forma de aplicar ese esquema sin derivar en situaciones de violencia institucional. En ese sentido, responsabilizó al propio Estado por los episodios registrados durante las manifestaciones, al señalar que los operativos desplegados incluyeron un uso desmedido de la fuerza, con gases lacrimógenos, gas pimienta y equipamiento represivo.

La ex funcionaria también cuestionó el discurso que asoció el protocolo antipiquetes con la recuperación del orden público. Según planteó, esa idea se instaló de manera transversal en amplios sectores de la sociedad, incluso en espacios progresistas, pese a que —afirmó— no refleja la realidad social. Para Frederic, el verdadero desorden no se explica por la protesta en la vía pública, sino por el deterioro de las condiciones de vida y la imposibilidad de amplios sectores de llegar a fin de mes.

En esa línea, relativizó el impacto real de los cortes y movilizaciones, al considerar que su incidencia fue sobredimensionada en el debate público. Desde su perspectiva, el protocolo funcionó más como una herramienta simbólica y política que como una solución efectiva a un problema concreto, y terminó reforzando una lógica de criminalización de la protesta social.

Más allá de celebrar el fallo judicial, Frederic expresó críticas por la demora en la resolución del caso. Señaló que la sentencia llega tarde, cuando ya se habían acumulado denuncias por violaciones a los derechos humanos y distintos organismos habían advertido sobre la gravedad de la situación. Para la ex ministra, el carácter inconstitucional del protocolo era evidente desde el comienzo, ya que vulneraba principios básicos del sistema democrático.

Entre esos principios, Frederic destacó el derecho a la protesta, al que definió como un pilar fundamental sobre el cual se apoyan otros derechos. Desde su mirada, cualquier normativa que limite o condicione ese derecho debe ser analizada con extremo cuidado, ya que su restricción impacta de manera directa en la libertad de expresión, la libertad de reunión y el derecho a peticionar a las autoridades.

El fallo que dejó sin vigencia el protocolo fue dictado por el juez Cormick, quien dio lugar a la acción de amparo presentada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS). En su resolución, el magistrado concluyó que el Ministerio de Seguridad avanzó sobre competencias que no le corresponden, al intentar legislar en materia penal y procesal mediante una resolución administrativa.

Además, el juez sostuvo que la administración pública carece de potestad para dictar normas que restrinjan derechos constitucionales fundamentales. En ese marco, subrayó que la protesta social no puede ser equiparada de manera automática con un ilícito penal que habilite la intervención policial sin orden judicial previa. Según el fallo, ese enfoque vulnera garantías básicas y desnaturaliza el rol de las fuerzas de seguridad en un Estado de derecho.

La decisión judicial reavivó el debate sobre el alcance de las políticas de seguridad y el equilibrio entre el orden público y los derechos constitucionales. Mientras desde sectores opositores se celebra el fallo como un límite a la represión estatal, el Gobierno enfrenta un nuevo revés judicial que pone en discusión uno de los ejes centrales de su discurso en materia de seguridad.

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