


Hay que denunciar el acoso telefónico por deudas
Desde diferentes ONG de defensa de consumidores, confirmaron que ni deudores ni allegados a ellos deben dejarse intimidar por estudios de Abogados o empresas de cobranza
DERECHO
Ariel MELAMED
El deudor debe comprender que deber dinero no lo hace delincuente ni mala persona ni estafador, es simplemente un deudor que por diferentes motivos se atraso o no puede pagar su deuda.
No hay que dejarse intimidar ni pagar sin antes estar seguros que esa deuda existe, que la misma no está prescripta y fundamentalmente que la empresa o el Abogado que lo llama, tiene autorización del acreedor para hacer esa cobranza
“Hola, señor Juan Pérez. Lo llamamos del estudio de cobranza Fulano de Tal y Asociados por una deuda que tiene su hermano José Pérez. Necesitamos que le informe que se comunique a la brevedad con nosotros porque no queremos que pase diciembre y la deuda continúe en el estudio”. Hay muchas personas que han recibidos mensajes telefónicos como este que provienen de estudios jurídicos o de agencias de cobranzas sin ser el moroso propiamente dicho.
El inconveniente no es recibir el mensaje y o llamado una vez, sino que muchos suelen llamar varias veces a la semana a vecinos, amigos y familiares de los morosos hostigándolos con el único fin de cobrar la deuda. Muchos podrían pensar que este tipo de estrategia es válida y legal, pero según los defensores de los derechos del consumidor no lo es.
“Esta práctica es totalmente ilegal porque se somete al consumidor a situaciones vergonzantes frente a sus familiares, compañeros de trabajo y ante sus vecinos del barrio. Inclusive el artículo 42 de la Constitución Nacional indica que los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho a condiciones de trato equitativo y digno”
El nuevo Código Civil y Comercial regula este tema y que quienes se sientan afectados por estos estudios de cobranza deben realizar las denuncias ante las autoridades correspondientes e inclusive demandar a los bancos por facilitar datos personales. “Por ejemplo, si yo tengo un familiar que tiene una deuda con el mismo banco con el que yo opero y yo no le he salido de garante, pero me empiezan a llamar porque saben de nuestros parentesco también puedo demandar a la entidad bancaria por haber hacer públicos mis datos. No sólo se viola la intimidad del consumidor que tiene deuda sino que el estudio de abogados está violando la Ley de Base de Datos”.
El abogado José Ramón, de la ONG Protectora, afirmó que estos hechos son “una mala práctica de la Abogacía. Un ejercicio deshonesto que debe ser denunciado ante el Colegio de Abogados. Tenemos cientos de reclamos por este tema. No sólo de deudores sino de personas que son molestadas en su trabajo para que sirvan de mensajero a estos estudios”.
Ramón indicó que hay dos tipos de cobradores: los estudios de cobranza y los estudios de abogados. “A los primeros no hay que contestarles nada y hay que mandarlos a pasear porque nadie está obligado a atender un llamado por una deuda suya o de terceros. En este caso hay que denunciar a la entidad con la cual se registra el compromiso impago. Mientras que si es un estudio de abogado hay que demandar al banco y a los abogados solicitando la matrícula de los mismos”, dijo el abogado de Protectora, quien explicó que la intimidación legal la hace un oficial de justicia no un llamado telefónico.
Es importante dstacar que hay empresas que viven de estafar a las personas. Sí, ‘estudios’ que se han especializado en molestar a una persona hasta que pague una deuda, por cualquier vía. A veces le han comprado al banco o financiera el derecho a cobrar una deuda, otras tantas se les paga únicamente por que gestionen su cobro, a veces su cliente es un fideicomiso que compró estas deudas viejas. Son varios los que se dedican a esto, y es un enorme negocio, cobrar deudas prescriptas e inexigibles jurídicamente.
La modalidad es muy simple, al principio son amables, nos informan de una deuda con tarjeta de crédito de hace bastante tiempo, y nos ofrecen pagarla en cómodas cuotas, encima sin intereses, a veces incluso por menos de lo que debemos. Desde este momento hay que empezar a sospechar”, confían desde Defensa del Deudor.
Uno tiene derecho a no ser llamado reiteradamente por una deuda pues ello configura hostigamiento.
Entre otros de los derechos está el de que no se ponga en conocimiento a terceros (familia, trabajo, amigos) de la deuda que se mantiene ya que viola el derecho constitucional a la intimidad y está expresamente prohibido por la Ley de Protección de los Datos Personales y el Código Penal.
DEFENSA DEL CONSUMIDOR DE LA NACIÓN
Con información de El Sol (www.elsol.com.ar)








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