


Ganancias: suben los pisos salariales y se actualizan las deducciones por inflación
ECONOMÍA Agencia de Noticias del Interior
- El piso para tributar Ganancias sube a $2.490.038 netos para solteros sin hijos.
- La actualización de escalas y deducciones fue del 14,29%, según la inflación semestral.
- La ganancia no imponible se fija en $5.151.802,50 para el primer semestre.
- Las alícuotas progresivas van del 5% al 35%, según el nivel de ingresos.
- Las nuevas tablas rigen con efecto retroactivo al 1° de enero.
- Las empresas deberán recalcular retenciones y devolver montos cobrados de más.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó las nuevas escalas del Impuesto a las Ganancias que alcanzan a los trabajadores en relación de dependencia, junto con las tablas de deducciones actualizadas por la inflación del último semestre. Los nuevos parámetros rigen para el período comprendido entre enero y julio de este año y reflejan una actualización del 14,29%, equivalente a la variación de precios acumulada entre julio y diciembre de 2025.
Con este ajuste, el piso salarial a partir del cual se comienza a tributar se eleva de manera significativa. En el caso de un empleado soltero y sin hijos, el impuesto se activa desde un ingreso neto mensual de $2.490.038. Para un trabajador casado sin hijos, el umbral asciende a $2.894.000, mientras que para una persona casada con dos hijos el mínimo se ubica en $3.302.179 netos mensuales. Estos valores buscan evitar que la inflación incorpore de manera automática a más contribuyentes al tributo, un fenómeno conocido como “impuesto inflacionario”.
El esquema contempla, además, una actualización integral de las deducciones personales. La ganancia no imponible para el primer semestre se fija en $5.151.802,50, con vigencia hasta diciembre de 2026. En cuanto a las cargas de familia, la deducción anual por cónyuge asciende a $4.851.964,66; por cada hijo, a $2.446.863,48; y la deducción especial alcanza los $18.031.308,76. Estos montos son claves para determinar la base sobre la cual se aplica el impuesto y, por lo tanto, el nivel final de retenciones mensuales.
Las escalas progresivas del impuesto también fueron ajustadas. El primer tramo, correspondiente a una ganancia neta imponible acumulada de hasta $2.000.030,09, tributa una alícuota del 5%. A partir de allí, las tasas avanzan de manera escalonada: 9%, 12%, 15%, 19%, 23%, 27% y 31%, hasta llegar a la alícuota máxima del 35%, que se aplica sobre ganancias superiores a $60.750.913,96. En ese nivel, el contribuyente ya acumula un impuesto fijo previo de $14.672.720,74, al que se suma el porcentaje correspondiente sobre el excedente.
Especialistas en materia tributaria remarcan que estas modificaciones obligan a las empresas a actualizar de inmediato sus sistemas de liquidación de sueldos. Las nuevas tablas tienen efecto retroactivo al 1° de enero, por lo que los empleadores que ya abonaron salarios aplicando los valores del año anterior deberán realizar un recálculo. En caso de haberse practicado retenciones en exceso, los importes deberán ser reintegrados al trabajador o compensados en el siguiente pago de haberes.
En la práctica, este proceso no siempre es inmediato. En muchos casos, las compañías demoran la actualización de sus sistemas y continúan aplicando transitoriamente las escalas anteriores. La normativa prevé que las correcciones se efectúen en la liquidación siguiente, aunque algunas empresas optan por devolver de forma anticipada solo el monto retenido por Ganancias para aliviar el impacto sobre el salario de bolsillo, aun cuando ese procedimiento no sea el estrictamente previsto.
El nuevo esquema vuelve a poner en el centro del debate la dinámica del Impuesto a las Ganancias en un contexto de alta inflación. Si bien la actualización semestral atenúa el arrastre inflacionario, los especialistas advierten que los desfasajes temporales siguen generando tensiones entre salarios, retenciones y poder adquisitivo, especialmente en los primeros meses de cada período de ajuste.





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