


El Gobierno habilita financiamiento externo por hasta US$5.000 millones y autoriza jurisdicción de Nueva York
ECONOMÍA Agencia de Noticias del Interior
- El Gobierno autorizó operaciones de financiamiento por hasta US$5.000 millones con entidades financieras internacionales.
- Los préstamos estarán denominados en dólares y podrán contar con garantías parciales de organismos multilaterales de crédito.
- Los contratos podrán incluir la prórroga de jurisdicción a favor de tribunales de Nueva York.
- La Argentina mantendrá protegidos activos estratégicos como las reservas del Banco Central y bienes públicos esenciales.
- La Secretaría de Hacienda y la Secretaría de Finanzas tendrán a cargo la implementación de las operaciones.
- Los gastos derivados del financiamiento serán imputados al presupuesto correspondiente al Servicio de la Deuda Pública.
El Gobierno nacional dio un nuevo paso en su estrategia de financiamiento al autorizar la realización de operaciones crediticias por hasta 5.000 millones de dólares con entidades financieras internacionales. La medida quedó formalizada mediante el Decreto 478/2026, que habilita además la posibilidad de que los contratos vinculados a esas operaciones contemplen la prórroga de jurisdicción a favor de tribunales estaduales y federales de la ciudad de Nueva York, una práctica habitual en los mercados internacionales de deuda.
La decisión lleva las firmas del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete Manuel Adorni y del ministro de Economía Luis Caputo. Según establece la normativa, el objetivo principal consiste en reducir el costo de financiamiento del Tesoro Nacional mediante la obtención de préstamos en dólares otorgados por entidades financieras internacionales de reconocida trayectoria.
La iniciativa prevé que estas operaciones cuenten con garantías parciales otorgadas por organismos multilaterales de crédito, una herramienta que suele utilizarse para mejorar las condiciones financieras de los préstamos y disminuir los costos asociados al endeudamiento. Desde el Poder Ejecutivo sostienen que este mecanismo permitirá acceder a recursos en mejores condiciones que las disponibles actualmente en los mercados.
El decreto faculta al organismo encargado de coordinar los sistemas de administración financiera del sector público nacional para llevar adelante las gestiones necesarias que permitan concretar estas operaciones. En la práctica, esa responsabilidad recae sobre la Secretaría de Hacienda y la Secretaría de Finanzas, ambas dependientes del Ministerio de Economía.
Uno de los aspectos que más atención genera dentro del texto oficial es la autorización para incorporar cláusulas de prórroga de jurisdicción en favor de tribunales de Nueva York. Asimismo, se habilita la renuncia a oponer inmunidad de jurisdicción frente a eventuales reclamos derivados de los contratos de financiamiento. Este tipo de disposiciones suelen ser requeridas por acreedores e inversores internacionales como una garantía jurídica adicional en operaciones de gran magnitud.
No obstante, la norma establece límites precisos respecto de los bienes del Estado que permanecerán protegidos frente a cualquier intento de ejecución. El Gobierno aclaró expresamente que la República Argentina no renuncia a la inmunidad de ejecución sobre determinados activos considerados estratégicos o amparados por la legislación vigente.
Entre los bienes protegidos figuran las reservas internacionales y las cuentas del Banco Central, los bienes del dominio público, los activos destinados a la prestación de servicios públicos esenciales, los bienes pertenecientes a representaciones diplomáticas y consulares, así como también los recursos vinculados a la recaudación tributaria y al cobro de regalías. A ello se suman los bienes militares y aquellos que forman parte del patrimonio cultural de la Nación.
La normativa también otorga amplias facultades a las áreas técnicas encargadas de implementar el programa de financiamiento. Entre ellas se encuentra la posibilidad de definir las condiciones financieras específicas de cada operación, seleccionar las entidades participantes, contratar agentes fiscales, acordar servicios de calificadoras de riesgo y suscribir toda la documentación necesaria para concretar los préstamos.
En materia presupuestaria, el decreto dispone que los gastos derivados de estas operaciones serán imputados a las partidas correspondientes a la Jurisdicción 90, destinada al Servicio de la Deuda Pública. La medida comenzó a regir de manera inmediata tras su publicación en el Boletín Oficial.
La decisión se inscribe dentro de la estrategia económica del Gobierno orientada a fortalecer las fuentes de financiamiento del Estado y optimizar las condiciones de acceso al crédito internacional, en un contexto donde la administración nacional busca consolidar la estabilidad macroeconómica y sostener el proceso de ordenamiento fiscal impulsado desde el inicio de la gestión.






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