ARCA unificó las reglas para los envíos internacionales por courier y definió nuevos límites para importaciones y exportaciones simplificadas

ECONOMÍA Agencia de Noticias del Interior

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  • ARCA unificó las normas que regulan las importaciones y exportaciones simplificadas mediante servicios de courier.
  • La resolución fijó un límite general de 50 kilogramos y un valor máximo de 3.000 dólares FOB para la mayoría de las operaciones.
  • El Régimen de Pequeños Envíos permitirá hasta cinco operaciones anuales por persona para mercaderías sin finalidad comercial.
  • La normativa incorpora regímenes específicos para muestras comerciales, laboratorios, investigaciones científicas, obras de arte y medicamentos.
  • Las muestras destinadas a certificaciones para exportación podrán alcanzar un valor de hasta 10.000 dólares FOB.
  • ARCA conservará sus facultades de control y podrá requerir documentación adicional para verificar el cumplimiento de la normativa vigente.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó un nuevo marco normativo que regula el funcionamiento del Régimen de Prestadores de Servicios Postales (PSP/Courier), mediante el cual se establecen las condiciones para el ingreso y egreso de mercaderías a través de servicios postales internacionales. La medida reúne en un único esquema operativo las disposiciones aplicables a distintos regímenes simplificados y fija los requisitos de peso, valor, frecuencia de uso y documentación para cada tipo de operación.

Las directrices fueron incorporadas al Anexo II de la Resolución General N.º 5.608 y buscan ordenar los procedimientos vinculados con pequeños envíos, muestras comerciales, materiales para ensayos de laboratorio, investigaciones científicas, obras de arte, exportación de muestras de origen vegetal y animal y envíos de medicamentos. Además, la normativa centraliza toda la información operativa en el micrositio "Envíos internacionales" del portal oficial de ARCA.

Entre las principales novedades figura la consolidación de un límite general de 50 kilogramos por paquete y un valor máximo de 3.000 dólares FOB para la mayoría de las operaciones de importación simplificada realizadas mediante servicios de courier. No obstante, determinados envíos destinados a laboratorios que desarrollen certificaciones para mercados internacionales podrán alcanzar un valor de hasta 10.000 dólares FOB bajo condiciones específicas.

Uno de los apartados más relevantes corresponde al Régimen de Pequeños Envíos, orientado tanto a personas humanas como jurídicas que importen mercaderías sin finalidad comercial. En estos casos, cada envío podrá contener hasta tres unidades de una misma especie, siempre que no supere el límite de peso y el valor máximo establecido por la resolución.

La reglamentación también fija un límite de utilización de este régimen, ya que cada persona podrá realizar hasta cinco operaciones por año calendario bajo esta modalidad. El objetivo es facilitar el ingreso de mercaderías de menor escala mediante un procedimiento simplificado, evitando que sea utilizado para actividades comerciales.

Además, la normativa establece una serie de beneficios para quienes operen bajo este régimen. Entre ellos se encuentran excepciones respecto de determinadas normas técnicas, del Régimen de Identificación de Mercaderías (SIDIP), de algunas restricciones económicas y de la aplicación de derechos antidumping, compensatorios o medidas de salvaguardia. También contempla casos específicos en los que determinados productos podrán quedar exceptuados de la intervención de organismos sanitarios, siempre que cumplan con los requisitos previstos por la reglamentación vigente.

Otro de los capítulos desarrolla el régimen aplicable a las muestras comerciales destinadas exclusivamente a personas jurídicas. Estas operaciones comprenden productos utilizados para exhibición, promoción o demostración comercial y distinguen dos categorías según el valor declarado. Las muestras de menor valor podrán acceder a franquicias específicas, mientras que aquellas que superen ese umbral deberán respetar los límites generales previstos para el régimen simplificado.

La resolución también incorpora un tratamiento particular para las muestras destinadas a ensayos de laboratorio. En términos generales mantienen el límite de 3.000 dólares FOB, aunque cuando los análisis estén destinados a obtener certificaciones para exportaciones, el monto autorizado podrá elevarse hasta 10.000 dólares FOB, favoreciendo el desarrollo de productos orientados a mercados internacionales.

En materia de investigación científica, el nuevo esquema contempla beneficios para las operaciones alcanzadas por la Ley N.º 25.613. Los organismos e instituciones habilitadas podrán ingresar insumos científicos mediante procedimientos simplificados, siempre que acrediten la documentación exigida y cumplan las condiciones establecidas por la normativa.

Las obras de arte también cuentan con un régimen específico. En estos casos, las operaciones de importación, exportación o destinaciones temporarias deberán acompañarse de la declaración jurada correspondiente y, a diferencia del régimen general, no estarán sujetas al límite de valor de 3.000 dólares FOB.

Asimismo, la resolución regula la exportación de muestras de origen vegetal y animal mediante courier, fijando un peso máximo de 10 kilogramos y un valor de hasta 500 dólares FOB, con intervención previa del SENASA. También incorpora un procedimiento específico para la exportación de medicamentos, estableciendo requisitos documentales y controles adicionales sobre el contenido de los envíos.

Pese a la simplificación de los procedimientos, ARCA aclaró que mantiene intactas sus facultades de fiscalización. En consecuencia, el organismo podrá solicitar certificados, documentación adicional o cualquier otra información que considere necesaria para verificar el cumplimiento de la normativa vigente. Con este nuevo esquema, la agencia busca unificar criterios, agilizar las operaciones internacionales y brindar mayor previsibilidad a quienes utilizan los servicios postales internacionales para importar o exportar mercaderías.

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