


El Gobierno abrió un nuevo retiro voluntario para empleados públicos con compensaciones de hasta 20 sueldos
ECONOMÍA Agenciad de Noticias del Interior
- El Decreto 1203/2026 estableció un nuevo régimen de retiro voluntario para empleados de la Administración Pública Nacional centralizada.
- La inscripción estará abierta del 1° al 30 de noviembre de 2026, con posibilidad de una única prórroga de hasta 30 días.
- Los trabajadores que todavía no reúnan los requisitos jubilatorios podrán elegir entre una prestación mensual del 60% del salario bruto o una gratificación por única vez, según las condiciones establecidas.
- Los empleados con al menos 30 años de aportes y dentro de las edades previstas recibirán una compensación por antigüedad más cinco sueldos adicionales.
- Para mujeres de hasta 57 años y hombres de hasta 62, la gratificación tendrá un máximo de 20 remuneraciones, con cuatro o cinco sueldos extra según la antigüedad.
- Quedarán excluidos, entre otros, empleados con determinados procesos penales o disciplinarios, reclamos laborales sin desistimiento, trámites jubilatorios iniciados o renuncias pendientes de aceptación.
El Poder Ejecutivo puso en marcha un nuevo régimen de retiro voluntario para trabajadores de la Administración Pública Nacional centralizada, con un esquema de compensaciones económicas que varía según la edad, la antigüedad y la situación previsional de cada empleado. La inscripción estará habilitada entre el 1° y el 30 de noviembre de 2026, aunque el Gobierno podrá disponer una única prórroga de hasta 30 días corridos.
La medida quedó establecida mediante el Decreto 1203/2026, publicado en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Diego Santilli, y el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger. La aplicación estará a cargo de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública, que también podrá dictar las normas complementarias necesarias para instrumentar el programa.
El régimen alcanza al personal de las jurisdicciones y organismos comprendidos en la Administración Pública Nacional centralizada dentro del ámbito del Poder Ejecutivo. Uno de los aspectos centrales de la disposición es que las dependencias deberán eliminar los cargos presupuestarios correspondientes a los empleados que se adhieran, una vez que se concrete el cese de la relación laboral.
El esquema contempla tres grupos de beneficiarios, con modalidades de compensación diferentes de acuerdo con las edades y los aportes previsionales acumulados. El objetivo es ofrecer una salida acordada a trabajadores que se encuentran en distintas etapas de su trayectoria laboral, aunque las condiciones económicas no serán iguales para todos.
El primer grupo está integrado por mujeres de 58 años o más y hombres desde los 63 años que todavía no cuenten con los aportes necesarios para acceder a la jubilación ordinaria. Estos empleados podrán optar por cobrar mensualmente el 60% de su remuneración bruta habitual durante un máximo de 36 meses o hasta reunir los requisitos jubilatorios, lo que suceda primero. Durante ese período se mantendrán los aportes y contribuciones previsionales y de obra social previstos en el régimen.
La segunda alternativa para ese segmento consiste en recibir una gratificación por única vez equivalente a un sueldo bruto por cada año de antigüedad o fracción superior a tres meses. El pago tendrá un límite de 18 remuneraciones y no podrá superar el equivalente a los meses que resten para reunir los requisitos jubilatorios.
El segundo grupo comprende a mujeres de entre 58 y 64 años y hombres de entre 63 y 64 años que acrediten al menos 30 años de aportes. En estos casos, la compensación será equivalente a un sueldo bruto por cada año de antigüedad o fracción superior a tres meses, con un máximo de 18 remuneraciones. A diferencia del primer grupo, no se aplicará el límite adicional relacionado con el tiempo restante para alcanzar los requisitos jubilatorios. Además, se incorporará una suma extra equivalente a cinco sueldos brutos, independientemente de la antigüedad.
El tercer segmento incluye a mujeres de hasta 57 años y hombres de hasta 62 años. Para ellos, la gratificación será de un sueldo bruto por cada año de antigüedad o fracción superior a tres meses, con un tope de 20 remuneraciones. También habrá pagos adicionales: cuatro sueldos para quienes tengan menos de 15 años de antigüedad en planta permanente y cinco para quienes alcancen o superen ese período.
Sin embargo, la adhesión estará restringida para determinados trabajadores. No podrán acceder quienes estén procesados por delitos contra la Administración Pública Nacional, salvo que obtengan una absolución firme antes del cierre del plazo de inscripción. También quedarán excluidos los empleados sometidos a sumarios por hechos que puedan derivar en cesantía o exoneración, o que tengan pendiente la ejecución de medidas disciplinarias de esa naturaleza.
La normativa igualmente alcanza a quienes hayan iniciado reclamos administrativos o acciones judiciales contra el Estado por su relación laboral, a menos que desistan expresamente del proceso y se cumplan las formalidades correspondientes. Se exceptúan los reclamos vinculados con la Ley de Riesgos del Trabajo. Tampoco podrán adherirse quienes hayan iniciado trámites jubilatorios, reúnan los requisitos para acceder a una prestación previsional, tengan una renuncia pendiente de aceptación o se encuentren en situación de disponibilidad durante la vigencia del régimen.


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