


Un DNU amplía las causales para impedir el ingreso y expulsar extranjeros que promuevan actos de odio contra la Argentina
POLÍTICA Agencia de Noticias del Interior
- El Gobierno modificó la Ley de Migraciones mediante el DNU 681/2026.
- La norma incorpora nuevas causales para impedir el ingreso o expulsar extranjeros que promuevan odio contra la Argentina o sus ciudadanos.
- También podrán ser alcanzados quienes insulten o dañen los símbolos patrios.
- El decreto fundamenta la medida en normas nacionales y tratados internacionales sobre discriminación e incitación a la violencia.
- La reforma aclara que las críticas políticas, académicas o ciudadanas continúan protegidas por la libertad de expresión.
- La nueva normativa rige desde su publicación en el Boletín Oficial y amplía las facultades de las autoridades migratorias.
El Gobierno nacional oficializó un nuevo cambio en la política migratoria mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 681/2026, firmado por el presidente Javier Milei. La norma, publicada este jueves en el Boletín Oficial, modifica la Ley de Migraciones N.º 25.871 e incorpora nuevas causales para impedir el ingreso o disponer la expulsión de ciudadanos extranjeros que promuevan expresiones de odio, discriminación o violencia contra la Argentina, sus ciudadanos o sus símbolos patrios.
Con la entrada en vigencia del decreto, el Estado amplía las facultades previstas en la legislación migratoria para actuar frente a conductas que, según el texto oficial, atenten contra la convivencia social y el respeto debido a la Nación. La medida establece que podrán ser alcanzados quienes dirijan o inciten mensajes de odio motivados por la nacionalidad argentina, ya sea de manera oral o escrita.
Entre las modificaciones introducidas se incorpora un nuevo inciso al artículo 29 de la Ley de Migraciones, mediante el cual se suman estas conductas como causal de inadmisión o expulsión. El decreto sostiene que este tipo de manifestaciones afectan la integridad de las personas, lesionan derechos fundamentales y vulneran el respeto que debe existir hacia los ciudadanos del país por parte de quienes desean ingresar o permanecer en el territorio nacional.
La norma también contempla expresamente los casos de extranjeros que insulten, degraden o dañen los símbolos patrios. Para el Poder Ejecutivo, estos emblemas representan la historia, la identidad y los valores de la República Argentina, por lo que cualquier agresión contra ellos constituye una conducta incompatible con las condiciones exigidas para permanecer en el país.
La decisión fue acompañada por un pronunciamiento oficial en el que el Gobierno afirmó que la defensa de la Nación, de sus ciudadanos y de sus símbolos constituye un principio irrenunciable. En ese sentido, sostuvo que quienes ataquen a la República Argentina no serán considerados bienvenidos y remarcó que el ejercicio de la soberanía habilita al Estado a establecer reglas destinadas a preservar la seguridad y la cohesión social.
Como fundamento jurídico, el decreto cita distintos instrumentos normativos nacionales e internacionales. Entre ellos menciona la Convención Americana sobre Derechos Humanos, conocida como Pacto de San José de Costa Rica, que establece la obligación de prohibir por ley toda apología del odio nacional que constituya incitación a la violencia. Asimismo, invoca la Ley N.º 23.592, que sanciona los actos discriminatorios por razones de nacionalidad, entre otros motivos.
El texto oficial también procura establecer límites precisos para la aplicación de la nueva normativa. En ese sentido, aclara que las disposiciones no podrán utilizarse para restringir expresiones de disenso ideológico, críticas políticas, opiniones académicas o manifestaciones ciudadanas formuladas dentro del marco de la libertad de expresión garantizada por la Constitución Nacional.
Según el decreto, el objetivo de la reforma no es limitar el debate público ni impedir la libre circulación de ideas, sino diferenciar las expresiones protegidas constitucionalmente de aquellas conductas que impliquen incitación al odio o a la violencia contra la Nación y sus habitantes.
Con esta modificación, el Gobierno incorpora un nuevo criterio dentro de la política migratoria argentina, reforzando las causales vinculadas con la protección del orden público y de los intereses nacionales. La implementación de la medida quedará ahora sujeta a la actuación de las autoridades migratorias competentes, que deberán evaluar cada caso conforme a los parámetros establecidos en la nueva normativa.






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