El Gobierno volvió a postergar el aumento de los impuestos a los combustibles y lo trasladó a diciembre

ECONOMÍA01 de noviembre de 2026 Agencia de Noticias del Interior

606753

  • El Gobierno extendió hasta el 30 de noviembre los valores actuales de los impuestos a los combustibles.
  • Los aumentos que debían aplicarse el 1° de noviembre fueron trasladados al 1° de diciembre de 2026.
  • La postergación alcanza a las naftas sin plomo, la nafta virgen y el gasoil.
  • Los ajustes pendientes corresponden a actualizaciones de 2024, 2025 y los dos primeros trimestres de 2026.
  • El tratamiento diferencial para el gasoil en regiones patagónicas también quedó incluido en la prórroga.
  • El Ejecutivo justificó la decisión en la necesidad de contener el impacto sobre los precios y sostener la actividad económica.

Los automovilistas y el sector del transporte tendrán un mes más de margen antes de que se apliquen los incrementos pendientes en los impuestos que gravan a los combustibles. El Gobierno nacional resolvió extender hasta el 30 de noviembre la vigencia de los montos actuales del impuesto a los combustibles líquidos y del impuesto al dióxido de carbono, por lo que las subas que estaban previstas para el 1° de noviembre comenzarán a regir recién a partir del 1° de diciembre de 2026.

La decisión quedó formalizada mediante el Decreto 1305/2026, publicado este viernes en el Boletín Oficial, y comprende a la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil. La disposición lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Diego Santilli, y el ministro de Economía, Luis Caputo.

Con esta nueva prórroga, el Ejecutivo modificó nuevamente el calendario de actualización de los tributos y extendió por treinta días el esquema que había establecido el Decreto 617/25. Aquella norma había dispuesto una aplicación parcial de los aumentos que se encontraban pendientes, pero su entrada en vigencia volvió a ser desplazada.

Los incrementos que ahora quedaron programados para diciembre corresponden a actualizaciones acumuladas durante 2024, 2025 y los dos primeros trimestres de 2026. Se trata de ajustes que deberían haberse trasladado a los valores de los impuestos en función del mecanismo de actualización previsto por la legislación vigente.

La Ley 23.966 establece que los montos fijos de estos gravámenes deben modificarse cada tres meses, tomando como referencia la evolución del índice de precios al consumidor que publica el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) tiene a su cargo el cálculo de los nuevos valores, que debe realizarse en enero, abril, julio y octubre.

Sin embargo, las sucesivas postergaciones dispuestas por el Gobierno impidieron que una parte importante de esas actualizaciones se trasladara efectivamente a los precios de los combustibles. La nueva decisión mantiene esa situación durante noviembre y vuelve a concentrar en diciembre la posibilidad de aplicar los incrementos acumulados.

La medida también contempla el tratamiento diferencial del impuesto al gasoil destinado al consumo en determinadas regiones del país. El beneficio alcanza a Neuquén, La Pampa, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, además del partido bonaerense de Patagones y el departamento mendocino de Malargüe.

Ese régimen establece una carga tributaria específica para esas zonas, con el propósito de compensar los mayores costos vinculados con el transporte y la distribución de combustibles. Por lo tanto, la prórroga también mantiene sin cambios los montos diferenciales aplicables en esos territorios.

En los fundamentos del decreto, el Gobierno justificó la decisión en la necesidad de continuar estimulando el crecimiento económico mediante un esquema fiscal que considera sostenible. La administración nacional sostiene que trasladar de una sola vez todos los aumentos pendientes podría provocar un impacto significativo sobre los precios de las naftas y el gasoil, con consecuencias sobre el consumo y la actividad.

La postergación forma parte de una política que se viene repitiendo desde 2025. Durante ese año se dictaron los decretos 699, 782, 840 y 929, mientras que en 2026 se sucedieron nuevas prórrogas mediante las normas 74, 116, 217, 302, 405, 562, 693, 829 y 1126. El Decreto 1305 se suma ahora a esa cadena de decisiones.

El impuesto a los combustibles líquidos constituye una fuente relevante de ingresos para el Estado nacional, pero su incidencia directa sobre los precios finales convierte cualquier actualización en una decisión de impacto económico inmediato. Frente a ese escenario, el Ejecutivo continúa eligiendo diferir los ajustes para evitar una mayor presión sobre los valores que pagan consumidores y empresas.

De esta manera, noviembre transcurrirá con los montos tributarios actuales, mientras que el 1° de diciembre quedó establecido como la nueva fecha para comenzar a aplicar las subas que permanecen pendientes. La decisión no elimina los aumentos acumulados, sino que vuelve a desplazar su entrada en vigencia.

ÚLTIMAS NOTICIAS
Te puede interesar
Lo más visto
PERIODISMO INDEPENDIENTE